noviembre 24, 2024
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marzo 3, 2016 | 153 vistas

Alfredo Guevara

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Tepjf), dejó sin efectos (sobresee) el Juicio para la Defensa de los Derechos Políticos Electorales del Ciudadano que presentó Francisco Chavira Martínez, aspirante a obtener la candidatura independiente al cargo de Gobernador del Estado.

Durante la sesión pública, los magistrados de la máxima autoridad jurisdiccional, en la que se resolvieron 25 medios de impugnación que por su naturaleza tuvieron una resolución de manera urgente, se confirmó la sentencia que, en este caso, emitiera el Tribunal Electoral del Estado de Tamaulipas

Como se recordará, a mediados de febrero, los magistrados del Tribunal Electoral en Tamaulipas desestimaron los agravios de cinco personas que interpusieron un Juicio para la Defensa de los Derechos Políticos del Ciudadano.

Bajo el argumento que la Suprema Corte de Justicia de la Nación, al conocer de la acción de inconstitucionalidad 45/2015 y acumuladas que se presentaron por partidos políticos para impugnar la Ley Electoral de Tamaulipas, determinó declarar constitucional el porcentaje de firmas y la exigencia de anexar copia de la credencial de elector que exige la legislación, para quien aspire a ser postulado candidato independiente.

También declararon, en ese entonces, infundados los agravios relativos a la reducción del plazo de 30 días que establece la convocatoria y los lineamientos que emitió el Instituto Nacional Electoral (INE), que regulan las candidaturas independientes, en virtud de que dicho periodo se redujo porque los recurrentes omitieron acompañar la totalidad de los requisitos para ser considerados candidatos independientes, viéndose la autoridad electoral, obligada a requerirles dicho cumplimiento y prorrogar su registro formal.

 

CONFIRMA TRIBUNAL ESTATAL ELECCIÓN DE CONSEJOS MUNICIPALES Y DISTRITALES DEL IETAM

El Tribunal Electoral del Estado confirmó la designación de los ciudadanos que integran los 43 consejos municipales y 22 distritales del Instituto Electoral de Tamaulipas, tras considerar que el Partido Acción Nacional (PAN) se limitó a señalar vagamente y de manera enérgica tal situación, sin aportar medios de prueba o algún tipo de argumentación convincente que demostrara que el Ietam se apartó de lo que estipula la Ley y los lineamientos para la designación de los consejeros.

El Tribunal señaló que de acuerdo con la normatividad aplicable la militancia en un partido político, como el resultado obtenido en las evaluaciones no es el único parámetro a considerar para realizar la designación, ya que se debe cumplir con otros aspectos como el de la paridad de género, la diversidad cultural, la experiencia y conocimientos en materia electoral, profesionalismo como prestigio público.

Por lo que, al acreditarse en el dictamen emitido por el Instituto Electoral en ejercicio de la facultad discrecional que tiene para ello, que los aspirantes seleccionados cumplieron con los requisitos de elegibilidad y aprobaron satisfactoriamente las diversas etapas del procedimiento, es posible declarar infundados los agravios presentados por el PAN

Lo anterior se dio en cumplimiento a la sentencia que emitió la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, con sede en Monterrey Nuevo león, en el cual el PAN impugnó la designación de los consejeros municipales y distritales para el Proceso Electoral Ordinario 2015-29016.

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