junio 15, 2024
Publicidad
marzo 25, 2016 | 120 vistas

Rogelio Rodríguez Mendoza

Bajo el nuevo sistema de justicia penal acusatorio y oral, muchos de los delitos, entre ellos el robo en algunas de sus modalidades, serán negociables para que en vez de que los responsables paguen una pena de prisión, lo hagan con algunas obligaciones de hacer o no hacer.

El magistrado de la Segunda Sala Penal del Supremo Tribunal de Justicia (STJ), Manuel Ceballos Jiménez, explicó que el Código Nacional de Procedimientos Penales, contempla dos alternativas para ese propósito: los acuerdos reparatorios y la suspensión condicional del proceso.

El acuerdo reparatorio es aquel al que llegan la víctima u ofendido y el responsable del delito. Procede para los delitos perseguibles por querella o a petición de parte; los delitos culposos y los patrimoniales cometidos sin violencia.

Entre los delitos patrimoniales “negociables” con acuerdo reparatorio, figuran algunas modalidades de robo, entre ellos el robo simple, como por ejemplo el “cristalazo” o el hurto de un bolso de mano o una cartera.

El acuerdo reparatorio pone fin al procedimiento penal.

En los delitos que se castigan con menos de cinco años de prisión, algunos de ellos, aunque se hayan cometido con violencia, son contemplados en el Código, como alternativa de negociación de la justicia, la suspensión condicional del proceso.

La suspensión condicional del proceso opera a solicitud del agente del Ministerio Público, cuando el imputado solicita suspender el proceso mediante un plan o condiciones para cumplir.

Tres son los requisitos básicos para que opere la figura: que el imputado se declare culpable; que repare el daño a la víctima, y que el delito que se le imputa no rebase el término medio aritmético de cinco años de prisión.

Bajo esa forma de negociación de la justicia, el acusado se compromete a cumplir obligaciones de hacer o no hacer que le fijara el Juez.

“Puede ser que, por ejemplo, el Juez le imponga algún tipo de trabajo en favor de la comunidad, o bien que deje de consumir bebidas alcohólicas durante cierto tiempo. Si cumple en el plazo fijado por el Juez queda liberado de su responsabilidad penal”, explicó.

Por otra parte, el Juzgador de segunda instancia detalló que el nuevo sistema de justicia penal exigirá una policía más científica porque será necesario allegarle más pruebas al Juez para probar la responsabilidad de una persona en un delito.

Citó como ejemplo el caso de los robos.

“En el sistema penal tradicional, basta con la denuncia del ofendido, la declaración de los policías aprehensores y del mismo detenido, y la fe ministerial para probar la presunta responsabilidad de alguien que es acusado de un robo, pero en el nuevo sistema se requerirán pruebas más científicas para poder vincular a proceso a un acusado”, indicó.

Por esa razón, dijo, es importante que la Policía sea debidamente capacitada.

Comentarios