diciembre 13, 2024
Publicidad

Por nalgadas se perdería la patria potestad

mayo 4, 2016 | 153 vistas

CIUDAD DE MÉXICO, mayo 3 (Agencias)

Un simple “les voy a pegar si no se aplican en la escuela” o la realización de “golpes leves” podrían ser suficiente motivo para que un padre o madre de familia pierda la patria potestad de sus hijos, así lo resolvió la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

Con esta sentencia y basándose en el interés superior del menor, los ministros del máximo tribunal marcaron un precedente para que baste una amenaza o una nalgada para perder la patria potestad.

De esta forma, se declaró inconstitucional una ley de Guanajuato, pues, aunque ésta contempla los malos tratos como causal para la pérdida de la patria potestad, sólo prevé que sean aquellos que pongan en riesgo la salud, seguridad o moralidad de los menores.

“Factores tales como la gravedad, la frecuencia o la intención de causar daño sólo pueden tenerse en cuenta en los casos concretos, para que el juzgador pondere si la declaración de pérdida de la patria potestad resulta ser la medida más idónea en función del interés superior del menor”, señalaron los integrantes de la SCJN.

Una mañana de junio de 2012, Isaac y Luis iban en el coche con su papá, quien los regañaba por platicar en el colegio y no poner atención en clases. Como sus hijos no le hacían caso, le dio una cachetada al mayor y, al llegar a casa, le dio doce nalgadas al menor.

Tras un divorcio y luego de enterarse de esto, la mamá, quien alegó que, en ocasiones, su exesposo reprendía duramente a sus hijos, emprendió un juicio para retirarle la patria potestad y obtener la total.

Sin embargo, ante las autoridades judiciales, nunca se presentaron pruebas suficientes como para sostener la acusación de maltrato y retirarle al papá la patria potestad.

Incluso, en primera instancia, un juez local consideró que los estudios sicológicos demostraron que la conducta del padre no les resulta nociva a los menores, ni contraria a su formación y desarrollo integral, por lo cual no debía retirársele la patria potestad.

Finalmente la Primera Sala de la SCJN revocó la sentencia del tribunal que le negó el amparo a la madre, y determinó que los malos tratos inferidos por el padre a los menores sí podían dar lugar a la causal de pérdida de patria potestad.

 

LLAMAN A FACILITAR JUICIOS CON MENORES

El presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Luis María Aguilar, reconoció que el que los juicios hayan sido pensados para personas adultas ha provocado que la intervención infantil no siempre se lleve a cabo de manera idónea.

Destacó además que, desafortunadamente, muchos menores se encuentran inmersos en procesos judiciales que rompen con su entorno y estabilidad emocional.

Al presentar los cursos virtuales Los derechos de la infancia y acceso a la justicia y psicología forense especializada en niñas, niños y adolescentes, Aguilar Morales hizo un llamado a los juzgadores del país a facilitar los juicios en los que intervienen niños, atendiendo su vulnerabilidad.

Comentarios