diciembre 14, 2024
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mayo 11, 2016 | 130 vistas

Rogelio Rodríguez Mendoza

La Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) recomendó a los estados tomar medidas urgentes en la innovación de las vías legales y las normas procesales para exigir y agilizar la satisfacción del derecho a alimentos en favor de las niñas, niños y adolescentes.

El organismo defensor de los derechos y libertades de los mexicanos señaló que lo anterior es necesario ante los altos índices de inobservancia materna o paterna en el pago de pensiones alimenticias proporcionales y suficientes para mantener el estándar de vida de sus hijas e hijos.

Propuso, por ejemplo, establecer nuevos parámetros para determinar el monto de las pensiones alimenticias cuando no sea posible comprobar los ingresos de los obligados y armonizar las leyes para facilitar y agilizar el cobro de las mismas.

Paralelamente, “debe cuidarse que las reformas legislativas no deriven en procedimientos o trámites administrativos que puedan revictimizar a las y los acreedores alimentarios que por lo general están en desventaja frente al deudor o deudora”.

“Para la CNDH es determinante tomar medidas encaminadas a prevenir las transgresiones a los derechos de niñas, niños y adolescentes, repensar e innovar las vías legales y las normas procesales para exigir la satisfacción del derecho a alimentos. Es una labor imprescindible y urgente que requiere el análisis desde la perspectiva de derechos humanos y la consideración primordial del interés superior de la niñez”, detalló.

Pidió sumar en ese propósito a la sociedad civil, porque la presión social también sería útil para obligar el cumplimiento de ese compromiso de los padres de otorgar pensión alimenticia a sus hijos.

Ello es fundamental en un país como México donde el 76 por ciento de su población está inmersa en la economía informal; donde los padres se declaran en insolvencia y desempleados para evadir su responsabilidad, o en el caso de la economía formal, en complicidad con los patrones, renuncian falsamente a sus trabajos, se cambian de ciudad o reclaman la pensión alimenticia en su beneficio.

 

ANTECEDENTE

La semana pasada, la diputada local del PRI, Aída Zulema Flores Peña, presentó una iniciativa de reforma al Código Penal de Tamaulipas, para castigar con penas de seis meses a tres años de prisión a los patrones que falseen los ingresos de sus empleados cuando estos enfrenten juicios por abandono de obligaciones alimenticias.

La también Presidenta de la Comisión de Justicia del Congreso del Estado propuso añadirle un párrafo al artículo 296 del citado ordenamiento normativo.

Actualmente, dicho numeral establece en su primer párrafo: “Al responsable del delito de abandono de obligaciones alimenticias se le impondrá una sanción de seis meses a tres años de prisión, privación de derechos relativos a la familia y entrega de las cantidades que no fueron oportunamente suministradas a la familia”.

La iniciativa propone añadirle un segundo párrafo que señalará: “la misma pena se aplicara a quien estando obligado a informar acerca de los ingresos de quienes deban cumplir con la obligación alimentaria, desobedezcan la orden judicial de hacerlo o informen con datos falsos”.

Con ello se busca proteger el interés superior del niño, que se ve vulnerado cuando el deudor alimentario oculta sus ingresos económicos para incumplir o cumplir parcialmente su obligación de otorgar alimentos.

Flores Peña detalló que actualmente el juez de lo familiar puede solicitar de oficio a la empresa donde labora el deudor, que informe acerca de los ingresos que recibe el demandado a efecto de fijar el monto de la pensión alimenticia requerida.

Sin embargo, señaló, “ha sido queja recurrente de quien la solicita, el hecho de que los deudores alimentarios en múltiples ocasiones se colocan en estado de insolvencia o proporcionan información de menores ingresos a los que perciben en realidad, para eludir con su responsabilidad, ello en complicidad con quien tiene la obligación de proporcionar dichos informes al juzgado solicitante, o una vez que el juez ordena que se realicen los descuentos correspondientes no los realiza de la manera correcta”.

La legisladora explica que como una forma de garantizar el derecho de los menores a recibir alimentos, es necesario tipificar dentro del Código Penal del Estado esa conducta en la que incurren muchos patrones, castigándolos con las mismas penas que se aplican a quien comete el ilícito de abandono de obligaciones alimenticias.

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