diciembre 11, 2024
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julio 5, 2016 | 97 vistas

Alfredo Guevara.-

Con una amonestación pública, el Consejo General del Instituto Electoral de Tamaulipas (Ietam) sancionó al Partido Verde Ecologista de México (PVEM), como también a la persona moral Impactos Frecuencia y Cobertura de Medios S.A. de C.V. al acreditarse la comisión de actos anticipados de campaña.

Sin embargo, al dar lectura al resolutivo, el secretario ejecutivo de este organismo electoral, Juan Esparza Ortiz, consideró que no se acreditó la existencia de presuntos actos anticipados de campaña atribuidos a Migdalia Hazel Ramírez Correa, candidata a diputada local del XV Distrito Electoral, postulada por el Partido Verde Ecologista de México (PVEM).

La sesión extraordinaria de este lunes fue básicamente de mero trámite, pues solo se dio cumplimiento a lo ordenado por la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJ), respecto a la denuncia, que vía Procedimiento Especial Sancionador (PES), había presentado el partido Movimiento Ciudadano (MC).

La denuncia, básicamente se circunscribe en la colocación de espectaculares de la que fuera candidata a diputada local por el XV Distrito, Victoria-Sur, en forma extemporánea, toda vez que ya había concluido el periodo de precampaña y se pusieron a la vista en lo que comprendió la campaña para la elección del pasado cinco de junio.

De hecho, la empresa denominada Impactos Frecuencia y Cobertura de Medios, S.A de C.V. también alcanzó una sanción consistente en una amonestación pública, por transgredir disposiciones establecidas en la Ley Electoral del Estado de Tamaulipas, relativa a la colocación de propaganda política.

Movimiento Ciudadano había interpuesto un Procedimiento Especial Sancionador, el PSE-24/2016 con motivo de la supuesta comisión de actos anticipados de campaña por parte de Migdalia Hazel Ramírez Correa, candidata a diputada local del XV Distrito Electoral, el Partido Verde Ecologista de México y la persona moral Impactos Frecuencia y Cobertura de Medios, S.A de C.V.

Con excepción de la que fuera candidata a diputada, solo se sanciona al partido como a la empresa moral, en hechos que en concepto de la parte denunciante, constituyen violaciones a la normatividad electoral en Tamaulipas.

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