abril 23, 2024
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marzo 15, 2017 | 80 vistas

Mauricio Zapata.-

El Pleno del Congreso local aprobó una reforma al artículo 140 del Código Municipal para facultar a los Ayuntamientos para que, en caso de que un particular no realice la limpieza de viviendas, construcciones o edificaciones abandonadas, las pueda realizar el mismo gobierno local.

En esa facultad, también se aprobó que los Ayuntamientos a cobrar ese servicio dentro del impuesto predial, incluso, en caso de que no lo quieran pagar, iniciar procedimientos administrativos.

Según el documento avalado, señala que el hecho de que en que dichos inmuebles no estén limpios y no cuenten con mantenimiento debido, se convierten en un problema de salud.

Del mismo modo, plantea prevenir que se conviertan en espacios de inseguridad para las personas, pero también pretende contribuir a la buena imagen de cada uno de los 43 municipios.

En la exposición de motivos, se recalca que la propuesta no es instaurar un nuevo derecho de cobro para el Municipio, sino incorporarlo al ya previsto en el citado artículo para que en caso de que los edificios, casas y construcciones no posean buenas condiciones de seguridad y limpieza y ocasionen problemáticas sea posible requerirle al propietario realizar acciones pertinentes por el bienestar de quienes habitan ahí.

“Al establecer esta facultad, la autoridad pública municipal estará en condiciones de proceder a la limpieza del inmueble, cuando menos en la parte externa, como un acto de autoridad, por tratarse de una acción de prevención de riesgos que atiende el interés público”, indica el documento.

No obstante, el dictamen también señala que si los particulares no se encuentran tampoco en estado de indefensión, pues de existir inconformidad, el particular pudiese presentar recurso en contra de la determinación del procedimiento administrativo de ejecución ante el Tribunal Fiscal del Estado que se encuentra en la capital del Estado.

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