diciembre 14, 2024
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abril 22, 2017 | 180 vistas

Rogelio Rodríguez Mendoza.-

Cd. Victoria, Tam.- El Pleno del Congreso del Estado aprobó la nueva Ley de Adopciones para Tamaulipas, entre cuyo contenido destaca el hecho de que ya no será requisito estar casado para adoptar un niño, y  crea la figura de la familia de acogimiento, para entregar en adopción a un infante, en situación de abandono, aunque todavía no se concluya el juicio para la pérdida de la patria potestad.

El dictamen elaborado por las Comisiones de la Familia  y la de Estudios Legislativos, obtuvo el respaldo de todos los diputados asistentes a la sesión ordinaria de este viernes.

La nueva Ley, propuesta por el Ejecutivo estatal, busca agilizar el procedimiento de adopción en Tamaulipas.

En el título tercero, “De los requisitos para poder adoptar”, la ley abre la posibilidad de adoptar a las personas solteras al eliminar la exigencia de que el adoptante esté casado.

A su vez, el título quinto “De los sujetos de adopción”, abre la posibilidad de que un niño pueda ser entregado en adopción aun y cuando no haya concluido el juicio de pérdida de patria potestad.

La figura jurídica es importante, detallaron los legisladores, porque un juicio de esa naturaleza tarda en promedio cinco años, y en consecuencia los niños terminaban creciendo dentro de una Casa Hogar.

Con la nueva Ley se crea la figura del Acogimiento Familiar para que el niño sea recibido en adopción pese a que el juicio de pérdida de patria potestad no haya sido concluido.

En el titulo segundo se prohíbe la adopción del niño no nacido; la adopción sin el certificado de idoneidad que deberá emitir el sistema DIF estatal, y la relación entre los padres biológico y adoptantes, excepto cuando sean familiares.

Por otra parte, la nueva Ley crea un Consejo Técnico de Adopciones, que será responsable de supervisar los procedimientos administrativos previos a la adopción, y vigilará que el niño se integre a una familia que le garantice su desarrollo íntegro.

Cuando se falsee información ante una autoridad para adoptar a un niño, se dará vista al agente del Ministerio Público para que inicie el proceso penal correspondiente.

La ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado.

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