diciembre 12, 2024
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agosto 13, 2017 | 249 vistas

Rogelio Rodríguez Mendoza.-

Cd. Victoria, Tam.- En Tamaulipas las disposiciones penales que castigan el maltrato animal son “letra muerta”, porque a pesar de que desde el 13 de abril del 2016 el Código Penal contempla penas de dos meses a dos años de prisión, y multa de 200 a 500 días de salario mínimo a quien cause la muerte o maltrato a los animales, no hay una sola persona procesada por ese delito.

Una investigación con agentes del Ministerio Público y jueces revela que no existe una sola averiguación previa penal, carpeta de investigación o proceso, iniciada por ese delito.

El hecho llama la atención por la frecuencia con que son publicados en redes sociales casos de mascotas abandonadas o maltratadas por sus dueños.

En abril del 2016, el Código Penal de Tamaulipas fue reformado a instancia de las bancadas de los partidos Verde Ecologista de México (PVEM), Revolucionario Institucional (PRI) y Nueva Alianza (Panal), para adicionarle el capítulo V, denominado “Privación de la Vida, Maltrato o Crueldad Animal”, al título Vigésimo Tercero del libro Segundo.

El artículo 467 añadido al Código Penal establece que: “Comete el delito de privación de la vida, lesiones, malos tratos, crueldad o tortura contra cualquier especie animal, quien ejecute una o varias de esas conductas, sin fines deportivos, científicos o, bien, sin contar con autorización legal de la autoridad competente, y se le sancionará conforme a lo dispuesto por el artículo 469 del presente Código”.

Por su parte, el numeral 469 refiere que: “Quien incurra en conductas que pongan en peligro a un animal de cualquier especie que no constituya plaga ni se encuentre considerada como riesgo para la salud del hombre, que deriven en maltrato, tortura y/o provocándole la muerte, se le impondrá de dos meses a dos años de prisión y de 200 a 500 días multa, así como el aseguramiento de todos los animales que pudiera tener bajo su cuidado o resguardo…”.

De acuerdo con la reforma, cuando se haga uso de métodos que provoquen un grave sufrimiento al animal previo a su muerte, las penas se aumentarán en una mitad.

El Código define dichos métodos de grave sufrimiento como aquellos que prolonguen la agonía del animal, ya sea por las lesiones que provoca o el detrimento de la salud del animal.

Los legisladores abrieron también la posibilidad de que el infractor de la ley pueda conmutar la pena con trabajos en favor de la comunidad, que deberán ser señalados por el juez.

El delito será perseguible de oficio, lo que implica que la autoridad podrá actuar sin necesidad de que exista querella o denuncia. No obstante, las disposiciones penales siguen sin estrenarse.

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