Redacción El Diario
Ciudad de México. – La Comisión de Justicia analiza una iniciativa del diputado Marco Antonio Gama Basarte (PAN) que plantea reformar el artículo 156 del Código Civil Federal, a fin de eliminar, como impedimento para celebrar el contrato matrimonial, al padecer impotencia para la cópula y enfermedades crónicas e incurables, contagiosas o hereditarias, aunque se tenga previo conocimiento y libre consentimiento expreso de ambos contrayentes.
El legislador sostiene que si bien el matrimonio a nivel jurídico es un contrato civil entre dos personas que reúnen los requisitos legales para casarse establecidos por el Estado, resulta necesario puntualizar que el deseo de contraer nupcias no necesariamente se encuentra ligado a la posibilidad de reproducirse o formar una familia.
La actual legislación resulta altamente discriminatoria, toda vez que limita a las personas con alguna enfermedad o discapacidad, a unirse en matrimonio y es violatoria de los derechos humanos.
Aclaró que existen impedimentos legales y morales para celebrar el vínculo matrimonial, considerados como incapacidades absolutas o relativas, establecidas en la actual legislación que entrañan la nulidad del acto, como edad mínima requerida, salud mental y física, incapacidad jurídica, vínculos de parentesco directo o adopción, entre otros.
Es fundamental adecuar el marco normativo para que, si las partes contrayentes tienen el conocimiento y manifiestan su voluntad de llevar a cabo el vínculo matrimonial, a pesar de las causales señaladas, éste les sea permitido, puesto que estas quedan rebasadas por los avances tecnológicos de la medicina actual.