CIUDAD DE MÉXICO, noviembre 29 (Agencias)
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que los estados del país no pueden catalogar como reservada la información relacionada con los gastos realizados para la difusión de programas y actividades gubernamentales.
A propuesta del ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena se señaló que establecer reservas de información, de manera generalizada e indiscriminada de un cierto tipo de información gubernamental, afecta gravemente el derecho constitucional de acceso a la información pública.
“Cuando el Estado contrata servicios de tiempos en radio y televisión con privados, como cualquier otra contratación realizada por el Estado, debe rendir cuentas y ello se hace, en principio, a partir de la divulgación de la información de ese acto jurídico, al margen de la reserva de datos personales de esos terceros involucrados”, expone la sentencia.
Y es que, en 2014, el ahora gobernador de Veracruz, Miguel Ángel Yunes, impulsó ante el máximo tribunal del país una demanda de amparo en contra de la administración encabezada por Javier Duarte, la cual cerró la información relacionada con las erogaciones por concepto de pagos a medios de comunicación, así como de anuncios espectaculares entre 2010 y 2013.