diciembre 14, 2024
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abril 10, 2018 | 231 vistas

México, 10 Abr (Notimex).- La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que Jaime Rodríguez Calderón cumplió con el umbral del uno por ciento de apoyos ciudadanos requerido para ser candidato presidencial independiente por lo que ordenó al INE un nuevo acuerdo de registro en los términos de esta sentencia.

En el marco de esta sesión extraordinaria que inició la noche del lunes, con cuatro votos a favor y tres en contra, se resolvieron dos juicios ciudadanos promovidos por Jaime Rodríguez ante la negativa del Instituto Nacional Electoral (INE) de otorgarle el registro como candidato independiente el pasado 29 marzo al argumentar que no cumplió con las 866 mil 593, es decir el uno por ciento de la Lista Nominal de Electores, que se establece en la ley.

El Tribunal Electoral consideró que el INE le negó al quejoso su derecho de audiencia en el proceso de revisión de 418 mil apoyos ciudadanos, cuando sólo le faltaba acreditar 16 mil 656 firmas o apoyos para obtener la candidatura presidencial, ello a pesar de que acudió en 12 ocasiones a la sede del instituto con el interés de verificar junto con las autoridades electorales dicho proceso.

Se destacó en el proyecto aprobado que existió inequidad procesal por cuanto a que el actor no se le permitió la verificación de apoyos de la etapa preliminar al encontrarse ya en la definitiva.

En la ponencia, el magistrado Felipe Alfredo Fuentes, expuso que el quejoso no contó con elementos suficientes para ejercer su derecho de defensa y el cumplimento a las formalidades esenciales del debido proceso conforme a los parámetros constitucionales y convencionales exigibles. “Hay una omisión y arbitrariedad por parte de la autoridad electoral”.

“De las constancias de autos se desprende que en las ocasiones que tuvo oportunidad de hacer una revisión conjunta con la autoridad se subsanó 8.4 por ciento de los registros que se habían considerado inválidos, es decir, 62 mil 730, de ahí que si al aspirante le faltaba 1.90 por ciento de apoyos para cumplir con el porcentaje exigido, esto es 16 mil 656, se está ante la posibilidad de que su situación jurídica frente a la oportunidad de postularse cambie sustancialmente”.

Por su parte, la magistrada presidenta del TEPJF, Janine Madeline Otálora Malassis, quien votó en contra de la resolución, indicó que Rodríguez Calderón no aprovechó su derecho de audiencia en diversas ocasiones cuando se estaba revisando el tema de los apoyos recibidos.

Sin embargo, criticó la rueda de prensa de consejeros del INE que conforman la Comisión de Prerrogativas de los Partidos Políticos, quienes aludieron “actos de simulación” de aspirantes a candidatos y dijo que en un Estado democrático, los funcionarios electorales deben guardar prudencia y discreción, sin dar un trato ligero a sus conclusiones hasta que un asunto se resuelva de forma definitiva.

Votaron a favor del proyecto los magistrados Felipe Alfredo Fuentes, Indalfer Infante, Mónica Soto y José Luis Vargas. En contra los magistrados Janine Otálora, Felipe de la Mata y Reyes Rodríguez Mondragón.

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