diciembre 14, 2024
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Fuero debe modificarse, no eliminarse

abril 16, 2018 | 174 vistas

CIUDAD DE MÉXICO, abril 15 (Notimex)

Más que eliminar el fuero, es preciso darle una operatividad o procesal concreta, a fin de que sirva para tener autonomía en la toma de decisiones, además de que contribuye al equilibrio de poderes en una democracia, consideró el director de Área de Posgrados de la Facultad de Derecho de la Universidad Panamericana, Rafael Estrada Michel.

En entrevista con Notimex, subrayó que el fuero debe entenderse como un privilegio procesal que inició para los parlamentarios, y que se ha extendido a otros servidores públicos que requieren de cierta autonomía para el ejercicio de sus funciones.

Por ello, añadió, tiene ventajas 2como la protección de decisiones de los integrantes de órganos constitucionales autónomos”.

Entrevistado vía telefónica en Pisa, Italia, el doctor en Derecho consideró que el recurso constitucional sólo debería tener algunas modificaciones, más no ser eliminado.

En ese sentido, apuntó que la reducción en el número de servidores públicos que ostentan el privilegio debería ser mínimo, o que éste carezca de validez cuando se sorprenda en flagrancia al funcionario que incurra en un delito.

El fuero, explicó, es un privilegio constitucional que evita que servidores públicos de alto rango sean detenidos excepto en los casos que determinan las leyes, o que sean procesados y juzgados sin previa autorización del órgano legislativo al que pertenecen: Parlamento, Congreso o Asamblea.

De acuerdo con Estrada Michel, esta inmunidad permite también mantener el equilibrio entre los poderes del Estado en los regímenes democráticos, y salvaguardarlos de eventuales acusaciones sin fundamento, lo que permite que cada senador o diputado emita su opinión o levante la voz en contra o a favor de algún tema, con toda libertad, y sin temor de ser juzgado o reprimido por ello.

Los funcionarios con fuero son actualmente diputados y senadores, ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, magistrados de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, consejeros de la Judicatura Federal, secretarios de Estado, diputados a la Asamblea del Distrito Federal.

Además del jefe de gobierno capitalino, el procurador o fiscal general de la República, y el procurador de Justicia de la Ciudad de México, así como los consejeros del Instituto Nacional Electoral, detalló.

Respecto al fuero presidencial, Estrada Michel precisó que en ese caso se trata de una inmunidad procesal que significa que sólo puede ser juzgado por delitos graves del orden común, o por traición a la patria.

En opinión del jurista, el fuero, como está establecido actualmente en la legislación mexicana, “no sirve para garantizar aquello para lo que fue creado, que es la autonomía de ciertos servidores públicos, y como no la hemos dejado operar para lo que tiene que operar, se usa para el chantaje político, y la solución no es eliminar la figura”, dijo.

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