El Tribunal Electoral del Estado de Tamaulipas, celebró ayer una sesión pública, en la cual resolvió dos Recursos de Defensa de Derechos Político-Electorales del Ciudadano.
El recurso ciudadano identificado bajo la clave TE-RDC-26/2018, promovido por Denya Verenice Murillo Domínguez y Magda Elodia Hernández Gómez, en contra del acuerdo del 20 de abril de 2018, emitido por el Consejo Municipal Electoral de Reynosa, Tamaulipas, por el cual se aprobó el registro de las candidaturas e integrantes de la planilla presentada por la Coalición “Por Tamaulipas al Frente”, al Ayuntamiento de Reynosa, Tamaulipas.
En el citado medio de impugnación, las ciudadanas aducen que dicho registro, así como el acuerdo impugnado, son contrarios a lo establecido en la sesión plenaria del 25 de febrero de 2018, emitido en el IX Pleno Extraordinario del Consejo Estatal del PRD, donde fueron electas como candidatas a la tercera regiduría.
El pleno del Tribunal, por unanimidad de votos, concluyó declarar fundados los agravios expuestos por las recurrentes, toda vez que el acuerdo emitido por el Consejo Municipal Electoral de Reynosa, Tamaulipas, carece de la debida fundamentación y motivación, en virtud de que indebidamente sustituyeron en el registro a las actoras por otros ciudadanos en la planilla postulada por la Coalición “Por Tamaulipas al Frente”.
En consecuencia, el tribunal revocó el acuerdo impugnado, únicamente en lo relativo al registro de la fòrmula de los candidatos a tercer regidor propietario y suplente, respectivamente, de la planilla postulada por la Coalición “Por Tamaulipas al Frente”, por tanto, ordenó al Consejo Municipal Electoral deje sin efectos dicho registro y en su lugar proceda a registrar a las ciudadanas Denya Verenice Murillo Domínguez y Magda Elodia Hernández Gómez como candidatas a regidores propietario y suplente, respectivamente, en la tercera regiduría al Ayuntamiento de Reynosa, Tamaulipas.
Finalmente, por lo que refiere al recurso ciudadano TE-RDC-20/2018, promovido por las ciudadanas antes mencionadas, se resolvió desechar el mismo, puesto que, se actualizó la causal de improcedencia consistente en que el recurso quedò sin materia. Lo anterior, en razón de que el Tribunal Electoral, en el expediente TE-RDC-26/2018, ordenó el registro de las actoras como candidatas a regidoras; por tanto, no había razón válida para continuar con el trámite del asunto.