diciembre 12, 2024
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Ratifica Tribunal a Mancera y Urrutia

junio 7, 2018 | 152 vistas

CIUDAD DE MÉXICO, junio 6 (Notimex)

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Tepjf) confirmó las candidaturas al Senado de la República, por la vía plurinominal, de Miguel Ángel Mancera, por el PAN, y de Napoleón Gómez Urrutia, por Morena.

Durante la sesión de este miércoles el Pleno de la Sala Superior desestimó el motivo de disenso de los partidos Encuentro Social y Revolucionario Institucional (PRI) en contra del acuerdo del INE sobre Mancera, pues consideró correcta la determinación del Consejo General del PAN de otorgarle el registro.

A propuesta de la magistrada ponente, Janine. M. Otálora Malassis, sus colegas de la Sala Superior aprobaron, por mayoría, el proyecto por el que se confirma la candidatura a una senaduría de Mancera Espinosa, postulado por el partido blanquiazul.

Lo anterior ya que de una lectura al requisito constitucional se advierte que no se trata de una prohibición genérica, por lo que al competir el ex jefe de Gobierno de la Ciudad de México por la vía plurinominal no se le aplica la restricción de contender por la entidad que ha gobernado.

Esto porque al ser candidato plurinominal no se actualiza la prohibición expresa del Artículo 55 de la Constitución que señala que los aspirantes a una diputación federal, y extensiva a una senaduría, “no podrán ser electos en las entidades de sus respectivas jurisdicciones”.

Los aspirantes por la vía plurinominal, como es el caso de Mancera, se considera que hacen campaña en todo el país y se estima que es una única circunscripción.

Por otra parte, en el caso de Napoleón Gómez Urrutia el proyecto elaborado por Otálora Malassis señala que en el expediente se encuentra acreditada la nacionalidad mexicana con base a un certificado expedido por la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE).

Además se precisa que para ejercer plenamente los derechos consagrados en el Artículo primero de la Constitución no es necesario que un ciudadano agote un procedimiento iniciado por el líder minero en Canadá, como lo cuestionó el Partido Revolucionario Institucional (PRI).

También señala que acreditó ser originario de una entidad federativa (Nuevo León), estar inscrito en el Padrón Electoral y contar con Credencial de Elector (aunque fue expedida en el extranjero).

La ponente avaló la decisión del INE de que el requisito de residencia efectiva de seis meses antes de la elección no es exigible al aspirante y que su derecho a ser votado está garantizando en el Artículo 1 de la Constitución, por lo que no hay razón para limitarlo y ligarlo a otros artículos, como pretendía el PRI.

Sobre este asunto, Otálora Malassis expuso que Gómez Urrutia entregó tanto su acta de nacimiento de Nuevo León como su certificado de nacionalidad mexicana expedido, válidamente, por la SRE.

Señaló que conforme a la Ley de Nacionalidad y a los precedentes de la Corte dicho certificado es suficiente para acreditar el requisito previsto en el Artículo 32 constitucional.

Más adelante, señaló que respecto a ambos casos la Sala Superior no analizó las cualidades de ninguno de los candidatos ni el valor curricular de su capacidad y aptitudes para ocupar un escaño.

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