José del Carmen Perales Rodríguez.-
Cd. Victoria, Tam.- El decomiso de unidades extranjeras que fueron introducidas y circulan ilegalmente en todo el país se estaría dando de forma irregular, por parte de las autoridades hacendarias, al no existir mandamientos escritos contra quienes los tripulan, advirtió el vista aduanal Helios Ordóñez Juárez.
El especialista en este tema, radicado en Nuevo Laredo, explicó que la irregularidad se da cuando al detener a una persona en posesión de un vehículo extranjero se le pide su identificación y con base en la información contenida se elabora el mandamiento.
“Paran indebidamente los vehículos, sin orden alguna piden el comprobante legal de la unidad y la identificación del conductor, que al momento de entregarla facilita a los inspectores el llenado del PAMA (Procedimiento Administrativo en Materia Aduanera), mediante los datos personales que otorga el presunto infractor”, explicó.
En este sentido, Ordóñez Juárez sostuvo que el formulario (PAMA) debe salir de las oficinas de la autoridad fiscal, mismo que debe ir dirigido claramente al presunto infractor y no ser llenado en el momento que es interceptado con un vehículo americano.
“Este procedimiento de la autoridad es totalmente amañado y al sorprender al infractor y aportar él mismo los datos, solamente facilita el PAMA en su contra, dada la improvisación del acto de autoridad. Es como llenar una orden de aprehensión en contra del presunto infractor al momento de localizarlo y pidiéndole al mismo los datos personales”, precisó.
El vista aduanal se refirió también a la posibilidad que tienen los propietarios o conductores de unidades extranjeras de defenderse de esta acción, invocando la Constitución Política de la Estados Unidos Mexicanos.
“Se puede apelar los artículos 14 y 16 constitucional, que determinan respectivamente que ‘a ninguna ley se dará efecto retroactivo en perjuicio de persona alguna’, y que ‘nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones, sino en virtud de mandamiento escrito de la autoridad competente, que funde y motive la causa legal del procedimiento’, todo lo cual no está haciendo valer la autoridad fiscal”, puntualizó.