abril 26, 2024
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abril 24, 2019 | 365 vistas

Rogelio Rodríguez Mendoza

Cd. Victoria, Tam. – Diputados del Partido Acción Nacional, (PAN), presentaron una iniciativa de reforma al Código Penal, para castigar hasta con 11 años de prisión, los ciberdelitos sexuales, entre ellos la distribución de contenido pornográfico a través de los llamados “Packs”.

De acuerdo a la propuesta panista, difundir, divulgar o publicar, material erótico y pornográfico de una persona sin su consentimiento, podría ser una conducta tipificada como delito en Tamaulipas.

La acción legislativa, recibida por el Pleno Legislativo en su sesión ordinaria de este miércoles, y que deberá ser analizada en Comisiones, busca atacar nuevas formas delictivas a través de internet, y en particular en las redes sociales, que hasta ahora están en un vacío jurídico.

Algunas conductas frecuentes que se busca sancionar son: el Sexting; el ciberacoso y el grooming.

El sexting es el intercambio de mensajes, videos y fotografías con contenidos eróticos o sexuales con el consentimiento de las dos partes para el intercambio de ese material. De esta conducta se originan los llamados “Packs” que buscan causar menoscabo en la dignidad de los involucrados.

El Ciberacoso es el acto de chantajear, extorsionar, amenazar y hostigar, a una o varias personas a través de fotografías o videos eróticos enviados por lo regular a un teléfono celular o a una computadora por medio de la web, mientras que el Grooming se da cuando se produce un acecho sexual donde previamente ha habido una estrategia de acercamiento con la víctima.

La propuesta panista, presentada por la diputada Teresa Aguilar Gutiérrez, es incorporar al Código Penal del Estado un capítulo denominado, “Delitos contra la Intimidad Personal”, y adicionar los artículos 276 septies y 276 octies, y un tercer párrafo al artículo 306.

El numeral 276 septies señalaría que: “Comete el delito contra la intimidad personal, quien publique, divulgue, difunda, exhiba o propague imágenes, de video o audiovisuales de contenido erótico, sexual o pornográfico, mediante correo electrónico, mensajes telefónicos, redes sociales o cualquier otro medio, sin el consentimiento expreso de todas las personas involucradas en los hechos, aun cuando mantenga o haya mantenido con ella una relación de confianza, afectiva o sentimental.

“Se impondrá prisión de seis meses a cinco años y multa de ochocientos a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida Actualización a quien cometa el delito en el párrafo anterior.

“La pena a que se refiere el párrafo anterior, se aumentará hasta en una mitad, cuando la víctima fuese menor de dieciocho años de edad, o bien, cuando no tenga la capacidad de comprender el carácter erótico, sexual o pornográfico del hecho que constituye el contenido revelado, difundido, publicado o exhibido.

“Este delito, sólo será perseguido por querella del ofendido, salvo que se trate de las personas descritas en el párrafo anterior, cuyo caso se procederá de oficio”.

A su vez, el numeral 276 octies, referirá que: “En el artículo precedente, se incrementará la pena en una mitad más, cuando se utilice el internet, o cualquier otro medio de comunicación electrónica o satelital para contactar a la víctima”.

En el párrafo que se añadirá al artículo 306, se establecerá que: “En el caso del delito previsto en la fracción II del artículo anterior, si la amenaza fuese la de revelar, publicar, divulgar, difundir, exhibir o propagar imágenes, en los que se muestre al amenazado o a una persona ligada con el amenazado, por algún vínculo familiar o afectivo, realizando alguna conducta de carácter erótico, sexual o pornográfico, se aumentará la pena que corresponda hasta un año adicional”.

En la exposición de motivos, Aguilar Gutiérrez señaló que, durante los últimos años el aumento de usuarios del internet y redes sociales ha dado origen a nuevas conductas delictivas que no son sancionadas y que causan un grave perjuicio sobre todo a niñas, niños y adolescentes.

“Además de lo anterior, las estadísticas indican que los menores de edad, son un blanco primordial en el campo de los ciberdelitos, los cuales son cometidos principalmente mediante la difusión de ellos en las redes sociales, cuyos sitios virtuales son utilizados por los delincuentes como vía para realizar ilícitos” mencionó.

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