diciembre 12, 2024
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Lesbianas podrán registrar su hijo en Aguascalientes

mayo 9, 2019 | 181 vistas

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional el artículo 384 del Código Civil de Aguascalientes que limita la protección de los menores que nacen de parejas del mismo sexo; lo que se contrapone al interés superior de la niñez.

Gracias a ello, una pareja de mujeres residentes del estado podrá registrar a su hijo figurando ambas como madres legalmente.

Además, el hijo biológico de una mujer podrá ser reconocido desde el acta de nacimiento o en un acta especial posterior, por otra mujer con quien la madre conforme una unión familiar, sin que la segunda madre tenga un vínculo genético con la o el menor.

Todo se dio bajo un amparo concedido por la SCJN a una pareja de mujeres que tuvieron un hijo juntas a través de la reproducción asistida, pero tuvieron que acudir ante la ley cuando el Registro Civil local les negó el derecho a registro al menor.

Álex Alí Méndez Díaz, abogado de la asociación México Igualitario y encargado del caso, consideró que este es un hito en la historia de los derechos de las personas LGBTI en México pues nunca se había otorgado un amparo como este.

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