diciembre 11, 2024
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mayo 10, 2019 | 192 vistas

Rogelio Rodríguez Mendoza.-

Cd. Victoria, Tam.-
El diputado local Humberto Rangel Vallejo criticó a los comerciantes que han dejado de dar bolsas a sus clientes argumentando que la ley se los prohíbe.

Recordó que la reforma hecha el año pasado al Código de Desarrollo Sustentable, prohibe el uso de bolsas de plástico, pero permite aquellas que estén fabricadas al menos en un 30 por ciento con material biodegradable.

“El problema es que muchos comerciantes se están agarrando de la disposición que prohibe el uso de plásticos no biodegradables, y no les dan a los clientes una opción para llevarse los productos”, detalló.

Y añadió: “Los comercios pueden usar las bolsas de plástico siempre y cuando acaten la exigencia de la ley respecto a su biodegradabilidad”.

Rangel Vallejo hizo un llamado a los empresarios para que no engañen a los clientes.

En ese mismo sentido, explicó que el Congreso del Estado agilizará una nueva reforma al Código de Desarrollo Sustentable, para establecer sanciones dirigidas a quienes no acaten las disposiciones en cuanto a las bolsas que se deben usar en los comercios.

Confió en que antes de que termine la presente legislatura, se pueda concretar la adecuación al ordenamiento normativo, para comenzar a sancionar a los infractores.

Por el momento, dijo, la Secretaría de Desarrollo Urbano y Medio Ambiente (Seduma), está realizando visitas a los negocios, pero solamente con fines de concientización, porque en realidad no hay forma de sancionar a quienes violen la prohibición.

En septiembre del 2018, el Congreso del Estado adicionó los párrafos 6 y 7 al artículo 36 del Código para el Desarrollo Sustentable del Estado de Tamaulipas, para prohibir el uso de las bolsas de plástico.

“Para la protección ambiental del Estado de Tamaulipas y sujeto a los términos señalados en esta ley y de las disposiciones que de ella emanen, se restringe la venta, dádiva y uso de bolsas en supermercados, tiendas de autoservicio, tiendas de conveniencia, mercados y demás similares elaborados con polipropileno, polímero de plástico o cualquier otro de sus derivados”, detalla uno de los párrafos.

“Quedan exentas de la restricción del párrafo anterior, aquellas bolsas que hayan sido producidas incorporando un porcentaje mínimo de treinta por ciento (30%) de material reciclado y que la fabricación de dichas bolsas de plástico sea con materiales y procesos de tecnología que permitan su ágil degradación acorde a la norma NMX-E-267 o las que se sustituyan”, cita el otro.

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