diciembre 12, 2024
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mayo 17, 2019 | 163 vistas

José del Carmen Perales Rodríguez.-

Cd. Victoria, Tam.-
Las pequeñas y medianas empresas (Pymes) podrían ser las más perjudicadas por las recientes modificaciones a la Ley Federal del Trabajo (LFT), pues no solo quedaron prácticamente indefensas ante las demandas laborales, sino que estas disputas pueden ocasionar un cierre masivo.

Así lo adelantó Mario Flores Pedraza, presidente de la Confederación Patronal de la República Mexicana (Coparmex) en Victoria, quien agregó que este panorama es como resultado de que el Estado mexicano se excedió en atender las demandas de sus socios comerciales, principalmente de Estados Unidos.

Flores Pedraza refirió que con los cambios, por ejemplo en el artículo 784 de la Ley Federal del Trabajo, que habla acerca del derecho individual y de la forma como en una relación patrón-colaborador, surge una disputa o un mal entendido.

«Antes había manera de cómo se conciliaban esos temas, ahorita se cambió y podría generar que se presenten grandes problemas para las Pymes, porque las grandes están bien asesoradas y contratan blindajes laborales», advirtió.

Sin embargo, expuso, en el caso de las Pymes, que operan con una utilidad pequeña, la demandan y esta es 15 veces lo que gana al mes, por lo que no descartó que pueda haber un cierre masivo de empresas y, en consecuencia, que eso deteriore la economía.

«En pocas palabras, el tema de la reforma laboral tiene qué ver con el crecimiento económico, porque se cambiaron ciertos artículos de la Ley Federal del Trabajo, a raíz de la presión ejercida por los socios comerciales, para dar espacio a la libertad sindical y que en cada empresa dos personas pueden hacer un sindicato y se tiene que negociar con todos», detalló.

Para concluir, Flores Pedraza consideró que el Gobierno mexicano, con estos cambios: «cumplen pero se excede, pues en los próximos años desaparecen las Juntas de Conciliación y Arbitraje y los juicios laborales se harán en el Poder Judicial. Además, en el derecho colectivo no se puede clasificar como huelga hasta después de 60 días en paro, mientras que para los trabajadores no hay la opción de no pertenecer a otro sindicato».

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