marzo 28, 2024
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Declara SCJN inconstitucional el artículo 22 de Código Penal de Tamaulipas

julio 3, 2019 | 469 vistas

Rogelio Rodríguez Mendoza

Cd. Victoria, Tam. – La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó el artículo 22 del Código Penal de Tamaulipas, al considerar inconstitucional la reforma aprobada por el Congreso del Estado en abril del 2017, con la que amplió el catálogo de delitos que merecen prisión preventiva oficiosa.

La resolución del máximo tribunal de justicia del país recayó en la acción de inconstitucionalidad 30/2017, presentada por la Comisión Nacional de Derechos Humanos, (CNDH).

De esa manera, los Jueces locales deberán dejar de aplicar el artículo 22 del ordenamiento punitivo de Tamaulipas, en el que se establece que los delitos de atentados a la seguridad de la comunidad; tortura; peculado; robo y extorsión, ameritan prisión preventiva oficiosa.

Los ministros consideraron que el decreto expedido por el Poder Legislativo de Tamaulipas viola la Constitución Política del país, por considerar que invade la competencia del Congreso de la Unión para regular la materia procesal penal.

Además, la reforma viola derechos humanos de los ciudadanos, establecidos tanto en la Carta Magna como en tratados internacionales en la materia. Algunos de esos derechos son: la libertad personal; libertad de tránsito; debido proceso y seguridad jurídica.

También vulnera el principio de presunción de inocencia.

Al respecto, el coordinador de la bancada del Partido Revolucionario Institucional (PRI), Alejandro Etienne Llano, consideró que el Congreso del Estado deberá iniciar un procedimiento para atender la resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

“Me parece que este criterio nos deja claro que al momento de debatir una iniciativa debemos atender todos los posicionamientos, porque en su momento advertimos del riesgo de que la reforma se declarara inconstitucional, como terminó ocurriendo”, mencionó.

En su momento, el consejero Jurídico del Gobierno del Estado, Abelardo Perales Meléndez, defendió la reforma aprobada.

“Nosotros decimos que cualquier norma relativa a Derechos Humanos puede estar en cualquier ley, en cualquier Constitución. Por esa razón uno de nuestros argumentos será que la Constitución local puede establecer un derecho amplio para que la sociedad esté libre de extorsionadores. Que no tengan derecho a su libertad provisional mientras se les sigue el proceso hasta el dictado de la sentencia”, señaló.

Argumentó que las estadísticas dicen que la extorsión y el secuestro van en incremento constante y por lo tanto constituyen un flagelo para la sociedad tamaulipeca.

Pese a sus consideraciones, la Suprema Corte decidió que la reforma es inconstitucional.

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