Rogelio Rodríguez Mendoza.-
Cd. Victoria, Tam.-
Aunque la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) haya declarado inconstitucional la prisión preventiva oficiosa para los delitos de atentados a la seguridad de la comunidad, robo, tortura, peculado y extorsión, la Fiscalía General de Justicia del Estado (FGJE) puede lograr que se aplique esa medida cautelar a los acusados, “si los ministerios públicos se ponen a chambear”, advirtió Emilio Barrientos Martínez.
El Vicepresidente del Colegio de Abogados de Victoria señaló que el Código Nacional de Procedimientos Penales abre la posibilidad de que un Juez de Control autorice prisión preventiva oficiosa para un acusado, aunque el delito que se le imputa no sea de los calificados como graves.
“El Ministerio Público puede solicitarle al Juez que no aplique la medida cautelar de libertad a un acusado y que en su lugar decrete la prisión preventiva. Pero para ello necesita ponerse a chambear con el propósito de justificarle al Juez que la persona debe permanecer recluida en prisión mientras se le dicta sentencia”, indicó.
Barrientos admitió que son válidos los motivos que llevó al Ejecutivo de Tamaulipas a promover una iniciativa de reforma al artículo 22 del Código Penal de Tamaulipas, para calificar como graves y garantizar prisión preventiva oficiosa a los delitos de atentados a la seguridad de la comunidad, robo, tortura, peculado y extorsión.
Entre esos motivos, dijo, figura el hecho de que muchos de quienes cometen esos delitos enfrentan su proceso en libertad y siguen delinquiendo.
RESPETA CONGRESO DECISIÓN DE LA SCJN
El Congreso del Estado será respetuoso de la resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que declaró inconstitucional el artículo 22 del Código Penal de Tamaulipas. A través de un comunicado oficial, el máximo órgano legislativo del Estado señaló que aunque no ha sido notificado oficialmente, tiene conocimiento de que la resolución de referencia radica en que el artículo 22 del Código Penal de Tamaulipas carece de frecuencia normativa alineada con la Constitución federal en su artículo 18. “Independientemente de lo anterior este Congreso es respetuoso de las decisiones del máximo órgano de justicia en el país”, precisó. Cabe señalar que desde ayer en la página del Congreso del Estado ya aparece modificado el Código Penal, eliminando el articulo 22 y colocando en ese espacio la leyenda en letras rojas: “artículo declarado inválido por sentencia de la SCJN en la Acción de inconstitucionalidad , notificada al Congreso para efectos legales el tres de julio del 2019”.