Rogelio Rodríguez Mendoza.-
Cd. Victoria, Tam.-
El Congreso del Estado aprobó una reforma al Código Penal para endurecer el castigo a quienes cometen el delito de estupro.
Esta conducta delictiva consiste en tener una relación sexual con una persona menor de edad, valiéndose del engaño o de la superioridad que se tiene sobre ella.
Con la iniciativa de decreto presentada por la diputada del Partido Revolucionario Institucional (PRI), Yalheel Abdala Carmona, durante la sesión ordinaria del pleno legislativo celebrada este domingo, fueron modificados los artículos 270 y 271 del ordenamiento punitivo del estado.
La acción legislativa presentada, que fue aprobada por la vía del “fast track” sin necesidad de que pasara a comisiones para su discusión y dictamen, busca evitar que más niñas sean violadas por sujetos que luego logran su libertad amparados en la figura penal del estupro.
Actualmente el Código Penal señala que una niña puede ser víctima de estupro a los 12 años de edad, por lo que con la reforma la edad mínima será de 15 años.
Así, el numeral 270 establecerá que: “Comete el delito de estupro quien tenga cópula con persona mayor de 15 años y menor de 18 años de edad, obteniendo su consentimiento por medio de engaño o mediante alguna maquinación. Este delito solo podrá ser perseguido a petición de la parte ofendida o de sus padres, y a falta de estos por su legítimo representante”.
Anteriormente se requería que la víctima tuviera como edad mínima 12 años.
El artículo 271 fue reformado para también homologar la edad mínima de la víctima a 15 años de edad y no de 12.
En el mismo numeral se señalará que si la víctima es menor de 16 años recibirá de tres a siete años de prisión y multa de cien a 200 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA). Si tiene más de 16 años y menos de 18 años, recibirá de uno a cuatro años de cárcel y multa de cien UMAS.