México, 22 Oct (Notimex).- La jefa del Servicio de Administración Tributaria (SAT), Margarita Ríos-Farjat, negó que se hayan condonado impuestos durante la presente administración, lo que se hace es una baja contable a créditos inexistentes o impagables.
Durante la conferencia de prensa matutina en Palacio Nacional, la funcionaria aclaró que la baja contable se realiza de manera temporal para apartar este tipo de créditos y que no entren dentro n delas estimaciones económicas.
“Esto no significa que el crédito sea perdonado o un trato preferencial a algún contribuyente, lo que hacemos es ponerlo aparte de los créditos que podemos cobrar ahorita, en el momento que aparezca un bien, esa persona se vuelve a dar de alta y se inicia el proceso de cobro”, explicó.
Comentó que esa información se coordina con la Unidad de Inteligencia Financiera para que mantenga un monitoreo y levante una “banderita” en el caso de que las personas ilocalizables, detecten movimientos o bienes, se les quite la baja contable.
“No basta que las personas tengan bienes fuera de México porque necesitamos la posibilidad de ejecutar, no poderlos embargar, no hay instrumento internacional de cooperación fiscal para embargos, y estamos a expensas de que la autoridad extranjera acepte colaborar con nosotros en eso”, dijo.
Ríos-Farjat declaró que este tipo de cancelaciones siempre son supervisadas por la Auditoría Superior de la Federación y el Órgano Interno de Control.
Por su parte, el administrador general de Recaudación, Héctor Vázquez Luna, señaló que a la fecha, la cartera de créditos fiscales controlados por el SAT representa un monto de 797 mil 924 millones de pesos, equivalentes a un millón 595 mil 301 créditos fiscales.
Detalló que los efectos de la cancelación son similares a una cuenta de banco donde después de efectuar todas las posibilidades de pago, éste no puede hacerse y entonces se concentra en lo que sí se puede cobrar.
“Después de que analizamos fuentes externas de bienes, se pasa buró de crédito, se cancelan sellos digitales, que quiere decir que una empresa fiscalmente queda muerta, ya no puede emitir facturas, no puede operar”.
Mencionó que de no ejercerse la facultad de cancelar contablemente los créditos fiscales conforme a lo previsto en el Código Fiscal de la Federación, el SAT estaría sujeto a ser observado por el Órgano Interno de Control o por la Auditoría Superior de la Federación.
Con esto se envía un mensaje a la ciudadanía de que el SAT tiene una gran cuenta de ingresos por cobrar, esto en la realidad no es así porque sólo se recupera en promedio 5.0 por ciento de esa cartera debido a impugnaciones, contribuyentes insolventes, empresas creadas sin activos, entre otros, puntualizó.