México, 14 Dic (Notimex).- La titular de la Secretaría de Medio Ambiente (Sedema), de la Ciudad de México, Marina Robles señaló a partir del 1 de enero de 2020 estará prohibido el uso y comercialización de bolsas de plástico de un sólo uso en la capital, por lo que los establecimientos que no acaten la medida se harán acreedores a multas de entre 42 mil a 170 mil pesos.
La funcionaria local, en rueda de prensa, señaló que las sanciones no se destinan a la ciudadanía, ya que la ley prohíbe la comercialización, distribución y entrega de dichos materiales.
La titular de Sedema refirió que aquellos habitantes que observen este tipo de prácticas de parte de los establecimientos los podrá denunciar en Dirección General de Evaluación de Impacto y Regulación Ambiental de la Sedema o en el Instituto de Verificación Administrativa (INVEA).
“El corazón de la modificación a la ley no está centrada en la sanción, por supuesto la ley lo establece, pero no es ahí el motor de la modificación, lo que busca es una reeducación, un compromiso y una voluntad de una sociedad a quererse transformar y tener condiciones del medio que lo rodea mejores”.
Robles García llamó a la ciudadanía a encontrar también soluciones prácticas para recoger sus productos, y recordó que los establecimientos podrán hacer algunas excepciones.
“Están ligadas a aquello que por salud y por salubridad todavía no existen materiales que nos permitan asegurar que verdaderamente cumplimos con una norma que proteja la salud de las personas”, detalló.
La secretaria de Medio ambiente sostuvo que en la Ciudad de México se generan 128 toneladas de plásticos diarios, mientras que al año cada familia desecha 650 bolsas, por lo que la campaña será intensificada en redes sociales, así como en el transporte del Metro y Metrobús.
La iniciativa de esta ley fue presentada por la diputada del Partido Verde Alessandra Rojo de la Vega el 9 de octubre de 2018 y fue hasta el 9 de mayo de 2019 que fue aprobada por el Pleno del Congreso de la Ciudad de México.
Las reformas al artículo 25 de la Ley de Residuos Sólidos prohíbe la comercialización, distribución y entrega de bolsas de plástico al consumidor en los puntos de venta de bienes o productos, a excepción de las compostables.
Será hasta 2021 cuando también se prohíban todos los artículos de plástico de un sólo uso como los cubiertos, palitos mezcladores, platos, popotes, bastoncillos para hisopos de algodón, globos, varillas, vasos, tapas, charolas y aplicadores de tampones.