México, 23 Feb (Notimex).- La diputada federal, Martha Lizeth Noriega Galaz, propuso exhortar a 15 estados a reformar sus códigos penales para tipificar las conductas relativas a obtener, compartir o difundir imágenes y videos de contenido sexual de otra persona sin su consentimiento.
La integrante del grupo parlamentario de Morena detalló que los congresos de Baja California, Campeche, Chihuahua, Colima, Hidalgo, Jalisco, Michoacán, Morelos, Nayarit, Quintana Roo, San Luis Potosí, Sinaloa, Sonora, Tabasco y Tamaulipas están pendientes de reformar sus legislaciones locales sobre acoso virtual.
El uso de Internet y sus aplicaciones, explicó la legisladora, son herramientas indispensables en distintos ámbitos; sin embargo, también son utilizadas en perjuicio y de forma dañina en contra de otras personas. Una de las acciones más comunes, agregó, es el ciberacoso o acoso virtual.
De acuerdo con el “Módulo sobre Ciberacoso 2015”, realizado por el Inegi, al menos nueve millones de mujeres en México han sido víctimas de ciberacoso; el rango de edad más vulnerable es entre 20 y 29 años, seguido por el de los 12 y 19 años.
En un punto de acuerdo que analiza la Comisión de Justicia, mencionó que entre las acciones de ciberacoso de mayor perjuicio están las relacionadas a obtener, compartir y difundir imágenes y videos íntimos, de contenido sexual de otra persona sin su consentimiento.
Se trata, dijo, de una problemática conocida y común que afecta en mayor medida a mujeres, quienes suelen ser expuestas a esta situación en redes sociales, con efectos catastróficos para ellas.
Noriega Galaz relató que el caso más emblemático fue el de Olimpia Coral Melo. En el año 2012, la activista fue víctima de la difusión de un video sexual, sin su consentimiento, tanto en redes sociales como en páginas de pornografía en el ámbito mundial, causando estragos irreparables a su imagen y en su persona.
Con ello, se constituyó el Frente Nacional para la Sororidad, cuyo principal objetivo ha sido promover la llamada “Ley Olimpia”, la cual pretende reformar los códigos penales estatales, y sancionar la violencia digital, consistente en exponer, distribuir, difundir, exhibir, reproducir, transmitir, comercializar o divulgar imágenes, audios o videos de contenido sexual de una persona sin su consentimiento.
Dicha ley, expuso, ha sido un éxito, porque en varias entidades ya se ha visto plasmada dentro de sus respectivos códigos penales. Los primeros en sumarse fueron Yucatán y Puebla, en agosto y diciembre del 2018, respectivamente; seguidos en 2019 de Chiapas, Baja California Sur, Veracruz, Guanajuato, Querétaro, Coahuila, Zacatecas, Oaxaca, estado de México, Guerrero, Nuevo León, Aguascalientes, Ciudad de México, Tlaxcala y Durango.
En un lapso menor a 18 meses desde la primera reforma, 17 estados se han unido para entender la importancia de legislar sobre la protección a los usuarios de plataformas digitales.
Consideró fundamental que los congresos locales que aún no tipifican este tipo de conductas en sus códigos penales locales realicen cuanto antes las reformas necesarias, al tratarse de un tema actual y de suma importancia para proteger y ofrecer justicia a las mexicanas y mexicanos que día a día se ven afectados por esta problemática.