Chantal Martínez Díaz
Cd. Victoria.- De acuerdo con el periodo de designación, en noviembre de este 2020, los magistrados electorales María Concepción Reyes Reyes y Eddy Izaguirre Treviño concluirán el periodo de encargo de cinco años en el Tribunal Electoral del Estado de Tamaulipas.
De tal forma que de acuerdo con la ley, corresponde a la Junta de Coordinación Política del Senado de la República, emitir la convocatoria respectiva, para la renovación de esos espacios.
Actualmente el TRIELTAM está presidido por la Mtra. Blanca Eladia Hernández Rojas, quien asumió el cargo en 2018 y en el que estará hasta por siete años; asimismo, está compuesto por la Magistrada Marcia Laura Garza Robles que concluye su periodo en 2022; Édgar Danés, que ingresó a la par de la Presidenta y, por Izaguirre y Reyes Reyes, que están por terminar su gestión.
Como se sabe, desde la reforma del 2014 se estableció que el diseño, composición, integración y el proceso de elección de los magistrados electorales, dejaría de estar sujeto a lo que propondrían los Congresos locales y, en su caso, sería el Senado de la República, el ente encargado de realizar la emisión de la convocatoria, el cambio y los nuevos nombramientos.
Las autoridades electorales jurisdiccionales locales de acuerdo a la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, “son los órganos jurisdiccionales especializados en materia electoral de cada entidad federativa, que gozarán de autonomía técnica y de gestión en su funcionamiento e independencia en sus decisiones. Deberán cumplir sus funciones bajo los principios de certeza, imparcialidad, objetividad, legalidad y probidad”.
Dichos órganos en modo alguno deberán depender o estar adscritos al Poder Judicial, en este caso, del estado de Tamaulipas.
Las y los magistrados tienen la obligación de actuar en forma colegiada y serán electos en forma escalonada por las dos terceras partes de los miembros presentes de la Cámara de Senadores.
Esas autoridades son los responsables de resolver los medios de impugnación interpuestos en contra de todos los actos y resoluciones electorales locales, en términos de las leyes locales.
En diciembre del año pasado, las y los magistrados del TRIELTAM aprobaron un acuerdo en el que establecieron que quienes cumplan el cien por ciento del periodo para el cual fueron designados, al término de su encargo tendrán derecho, independientemente de la totalidad o proporcionalidad de sus prestaciones laborales tales como vacaciones, prima de vacaciones y de antigüedad, bonos, estímulos y demás que prevea el presupuesto de egresos, a una remuneración económica consistente en tres meses de percepción que su cargo tenga asignado.
Además de lo anterior, también tendrán derecho al pago del sueldo mensual integrado por un plazo equivalente a una cuarta parte del tiempo en que hayan ejercido su función. En relación a esta última prestación laboral, se pagará proporcionalmente lo que corresponda al tiempo efectivamente laborado. En caso de que la conclusión del encargo del magistrado sea anticipada por renuncia, se otorgarán las prestaciones descritas en este artículo; y en el supuesto que sea por motivo de fallecimiento también se otorgarán las prestaciones en favor de la persona o personas que acrediten su mejor derecho.