diciembre 13, 2024
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octubre 8, 2020 | 266 vistas

Rogelio Rodríguez Mendoza

Cd. Victoria.- El Código Civil de Tamaulipas será reformado para que, durante el divorcio, el cónyuge que se sienta afectado económicamente pueda solicitar pensión compensatoria a su contraparte.

En ese sentido, el Pleno del Congreso del Estado recibió una iniciativa de decreto, para adicionar al ordenamiento Civil los artículos 294 Bis, 294 Ter y 294 Quater.

El numeral 294 Bis preverá que : “La pensión compensatoria, es un deber asistencial y resarcitorio, que tiene derecho a percibir el cónyuge a quién la separación con motivo del divorcio le cause un desequilibrio económico, en relación a la situación económica que tenía durante el matrimonio”.

A su vez el artículo 294 ter, establecerá los requisitos para tener derecho a la pensión compensatoria, que son: 1.- El desequilibrio económico sea ocasionado solamente en uno de los cónyuges. 2.- Se haya producido un empeoramiento claro en la situación económica del cónyuge, en comparación con la que tenía durante el matrimonio. 3.- La pensión debe solicitarla el cónyuge afectado por el desequilibrio económico. Nunca por un Juez”.

El numeral 294 quáter, referirá: “El derecho a recibir pensión compensatoria se extingue, en cualquiera de los casos siguientes: 1.- El cese de la causa que originó el pago de la pensión. 2.- Al contraer matrimonio el ex cónyuge que recibe la pensión. 3.- Por muerte del ex cónyuge que recibe la pensión”.

El diputado panista, Francisco Garza de Coss, detalló que en la actualidad dicha prestación no se encuentra establecida en nuestro Código Civil local, lo cual provoca que, en el caso de que alguno de los interesados haga valer este derecho, se encuentre con la negativa tajante de los jueces.

“De ahí que debe incorporarse en nuestro sistema jurídico dicha figura” dijo, al señalar que de lo anterior se desprende una clara violación a lo dispuesto en el artículo 14 de la Constitución federal, obligando con ello a los interesados a presentar Juicio de Amparo ante los Tribunales Federales, incluso, solicitar la revisión ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Detalló que existe ya jurisprudencia del máximo tribunal Constitucional del país, avalando la pensión compensatoria.

La iniciativa de decreto deberá ser analizada en las Comisiones legislativas competentes, para la elaboración del dictamen correspondiente.

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