diciembre 11, 2024
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diciembre 11, 2020 | 180 vistas

El Cabildo de Victoria determinó la aplicación de bonificaciones al impuesto predial y en pago de manifiesto correspondiente al 2021, a contribuyentes que se encuentren al corriente de sus pagos.

Se llegó a este acuerdo en la sesión ordinaria de Ayuntamiento de este jueves, donde se aprobaron de manera unánime las propuestas de la síndico Frida Patricia Escobar, en su carácter de presidenta de la Comisión Municipal de Presupuesto, Hacienda y Gasto Público.

Lo acordado establece los siguientes beneficios para el ejercicio fiscal 2021: hasta un 15 por ciento de descuento cuando el pago del impuesto predial se realice durante los meses de enero y febrero, y un ocho por ciento de descuento en marzo y abril.

También se otorgará un 50 por ciento de descuento en la cuota anual exclusiva a un predio urbano a los contribuyentes jubilados, pensionados de cualquier sistema, que tengan alguna discapacidad o sean mayores de 60 años de edad, también para aquellos que se acrediten como ejidatarios o campesinos con derechos agrarios.

En el pago de manifiesto el beneficio se reflejará con una bonificación del 50 por ciento cuando el pago se realice durante los meses de enero y febrero y de un 25 de descuento en marzo y abril.

En apoyo a la economía de los contribuyentes cumplidos y en la promoción de acciones a una recaudación eficaz y oportuna del próximo año, el Gobierno Municipal incentivará a quienes sean puntuales en esta contribución con el pago de un seguro contra siniestro o robo con violencia.

Estos se harán efectivos durante 30 días naturales una vez registrada la afectación en casa-habitación por una sola ocasión y en una sola propiedad con un monto hasta por cien mil pesos, mientras que en el caso de robo con violencia aplicará un monto hasta de 20 mil pesos derivado en ambos casos de la evaluación de los daños.

Es importante destacar que hasta el 31 de diciembre por disposición de la alcaldesa Pilar Gómez se garantizan descuentos a la ciudadanía en general de un cien por ciento en recargos y gastos de cobranza en el pago del impuesto predial del año en curso.

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