Fue concedida la primera suspensión definitiva contra el padrón de celulares por el juez Juan Pablo Gómez Fierro, cuya creación fue aprobada por el Senado de la República.
La persona beneficiada no estará obligada a registrar su línea telefónica móvil en el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (Panaut), misma que no será cancelada por su falta de registro.
No podrá tampoco ser obligada a entregar datos personales y biométricos.
El juez federal especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, en su resolución, argumentó que la implementación del padrón de celulares no traerá como consecuencia inmediata, directa y necesaria la disminución de la incidencia delictiva.
Gómez Fierro indicó que si la finalidad de este padrón es que exista una base de datos para el intercambio de información entre el Instituto Federal de Telecomunicaciones y las autoridades competentes en materia de seguridad y justicia no quiere decir que la sola vigencia de la norma provocará, en automático, la disminución de los delitos o que las autoridades puedan investigar delitos que antes no podían por falta del Panaut.
Aseguró que, en todo caso, la suspensión definitiva contra el padrón de celulares que otorgó no impide a las autoridades investigar, esclarecer los hechos y perseguir a los responsables de algún delito relacionado a una línea de telefonía móvil.
Con información de: lopezdoriga.com
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