diciembre 15, 2024
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mayo 26, 2021 | 190 vistas

Rogelio Rodríguez Mendoza.-

Cd. Victoria, Tam.-
Durante el periodo enero-abril del 2021, Tamaulipas registró 21 homicidios dolosos de mujeres.

De acuerdo con reportes estadísticos del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP), la mayor parte de las víctimas eran mayores de edad.

La incidencia de asesinatos violentos de féminas es de 1.13 casos por cada 100 mil mujeres.

El reporte no señala el tipo de arma usada en los crímenes, pero funcionarios policiales detallaron que destacan el disparo con arma de fuego, los golpes y apuñalamiento, en ese orden.

Otras 321 mujeres han sido víctimas en Tamaulipas de lesiones dolosas.

En su conteo, la instancia nacional dio a conocer que en esos primeros cuatro meses del 2021, otras dos mil 399 mujeres han sufrido violencia familiar.

Eso significa que 65.2 de cada 100 mil mujeres han padecido violencia familiar.

Las agresiones dentro del seno familiar se han venido incrementando a raíz de la pandemia del covid-19, que hizo necesario y obligado el confinamiento social.

El número de emergencia 911 recibió de enero a abril pasados 862 llamadas relacionadas con algún caso de violencia contra la mujer.

A la par, fueron recibidas tres mil 287 llamadas relacionadas con incidentes de violencia con la pareja.

En el mismo periodo evaluado, 162 mujeres acudieron ante las agencias del Ministerio Público para denunciar violación sexual, y otras 20 mujeres fueron víctimas de extorsión.

Ante el preocupante incremento de feminicidios, y en general de la violencia contra la mujer, la Organización No Gubernamental “Equis.org.mx” urgió en una reforma de ley que permita que las órdenes de protección sean autorizadas con rapidez y sin estar condicionadas a que la víctima presente algún tipo de denuncia.

Reiteró que el hecho es urgente, porque una orden de protección otorgada con oportunidad puede evitar que un hecho termine en fatalidad.

Para ello, la propia ONG presentó una iniciativa de reforma a la Ley General de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.

La acción legislativa contiene seis propuestas relevantes: uno, exponer la necesidad de que las órdenes de protección se regulen y apliquen bajo un enfoque interseccional, que permita observar de manera diferenciada cómo la violencia de género atraviesa a las mujeres y niñas que pertenecen a grupos sociales históricamente discriminados: mujeres y niñas indígenas y afro mexicanas, con discapacidad, migrantes y pertenecientes a la comunidad LGBT.

Plantea cambiar la narrativa de las órdenes de protección a través de su desvinculación con el ámbito penal y civil o familiar.

Añade la importancia de incorporar el estándar del posible riesgo. Eso significa que para dictar una orden de protección basta que existan indicios de que la mujer o niña podría encontrarse en peligro.

Finalmente, la organización social destaca la necesidad de favorecer la accesibilidad de las órdenes de protección, para lo cual, se busca facultar a los jueces calificadores y de paz municipales, así como a las autoridades de los pueblos o comunidades indígenas, para emitir órdenes de protección, por tratarse de las autoridades más cercanas a las mujeres.

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