Luego de tres intentos, el Congreso del Estado aprobó el matrimonio igualitario en Yucatán.
Esta reforma tiene como objetivo replantear los términos: en vez de considerar el matrimonio como exclusivo “entre un hombre y una mujer”, plantea que sea una “unión entre dos personas”.
Entre las disposiciones aprobadas se establece:
Artículo Único.- Se modifican los párrafos segundo y tercero del Artículo 94, de la Constitución Política del Estado de Yucatán, para quedar como sigue:
El matrimonio es una institución por medio del cual se establece la unión jurídica libre y voluntaria de dos personas con igualdad de derechos, deberes y obligaciones para realizar la comunidad de vida en donde ambos se procuran respeto y ayuda mutua.
El Estado reconoce que es de vital interés para la sociedad que en la unión de dos personas establezcan límites en cuanto a la edad, salud física y psíquica.
Hace unos días, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) había invalidado la votación con la que el Congreso de Yucatán rechazó la legalización del matrimonio entre personas del mismo sexo en la entidad, por lo que los legisladores deberían realizarla otra vez.
En el año 2015, la SCJN declaró que era inconstitucional prohibir el matrimonio a parejas del mismo sexo por ir en contra del principio de no discriminación, por lo que la única solución era que los congresos locales modifiquen su legislación.