diciembre 11, 2024
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noviembre 15, 2021 | 93 vistas

Shalma Castillo.-

Cd. Victoria, Tam.-
Ante el “congelamiento” de cuentas bancarias de la Comisión Municipal de Agua Potable y Alcantarillado (Comapa) Guerrero, esta inició un pleito judicial contra la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, sin embargo, un juez federal difirió la fecha de audiencia.

De acuerdo al juicio de amparo con número de expediente 1040/2021 recepcionado en el Juzgado Séptimo de Distrito en el Estado de Tamaulipas, corresponde a la Comapa de Guerrero contra el presidente y/o delegado de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, con residencia en la Ciudad de México, para recuperar las cuentas bancarias del organismo operador de agua.

El último acuerdo publicado 11/11/2021 informa que se difiere la audiencia incidental para el 22 de noviembre de 2021 a las 9:25 de la mañana, donde habrá de desahogarse el asunto.

“Hágase de conocimiento de las partes que por disposición del Consejo de la Judicatura Federal, mediante oficio SEADS/1151/2021, signado por el Secretario Ejecutivo de Adscripción del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, a partir del dieciséis de noviembre de dos mil veintiuno, fungirá como titular de este Juzgado Séptimo de Distrito en el Estado de Tamaulipas, con residencia en Reynosa, el Juez Juan Fernando Alvarado López”.

La Comapa de ese municipio mantiene el número de cuenta 0861730146 del banco Banorte inmovilizada desde noviembre del 2015 por adeudos que tiene con el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).

El saldo que presenta la cuenta bancaria, según datos de la propia Comapa, hasta septiembre de este año corresponde a -712,240. 95 (menos setecientos doce mil doscientos cuarenta pesos 95/100 m.n.).

En cuanto al fundamento jurídico aplicado en esta situación, se basa en el Artículo 156-Bis del Código Fiscal de la Federación que establece:

“En el caso de embargo de depósitos bancarios en términos del artículo 155 fracción I, del presente Código, la autoridad que haya ordenado el embargo girará oficio al gerente de la sucursal bancaria a la que corresponsabilidades la cuenta, a efecto de que la inmovilice y concrete los fondos depositados”.

Por lo que la institución bancaria deberá informar a la autoridad del embargo, el incremento de los depósitos bancarios por los intereses que se generen, en el mismo período y frecuencia con que lo haga al cuentahabiente.

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