mayo 6, 2024
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diciembre 30, 2021 | 128 vistas

Francisco Medina Guerrero

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Tepjf) determinó que el juicio para la Protección de los Derechos Político Electorales del Ciudadano, promovido por Maki Esther Ortiz Domínguez, es improcedente.

Al entrar al estudio de la impugnación promovida por Ortiz Domínguez en contra del proceso interno de Morena, donde resultó electo el senador Américo Villarreal Anaya como único aspirante a la candidatura por la gubernatura de Tamaulipas, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación advirtió que aun cuando es de su competencia conocer del asunto, decretó su improcedencia y reencauzamiento, al considerar que el juicio ciudadano es improcedente en virtud de que no se satisface el principio de definitividad.

“Al no haberse agotado el recurso partidista procede reencauzar el asunto a la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia de Morena”.

Al señalar que la ex alcaldesa de Reynosa, a través de su demanda, reclama la supuesta afectación a su esfera de derechos político-electorales al haberse registrado como aspirante a dicho proceso de selección donde participó para ser electa coordinadora la defensa de la Cuarta Transformación en Tamaulipas, la Sala Superior del Tepjf estimó que la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia de Morena es la autoridad competente para salvaguardar los derechos de todos los miembros de Morena, por lo que en el presente asunto no se agotó el principio de definitividad.

“En consecuencia y atendiendo al principio de definitividad es posible concluir que la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia tiene competencia para resolver la controversia planteada por la actora relacionada entre otras cuestiones con el dictamen emitido por la Comisión Nacional de Elecciones de Morena, mediante el cual aprobó la solicitud de registro de Américo Villarreal Anaya como único aspirante a la candidatura a la gubernatura del estado de Tamaulipas para el proceso electoral 2021 2022, así como de los demás actos y omisiones controvertidos”.

Categóricamente, en los puntos resolutivos del acuerdo de la sala el cual fue votado por unanimidad, se resuelve: “Es improcedente el Juicio para la Protección de los Derechos Político-Electorales del ciudadano, se reencauza la demanda a la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia de Morena y se ordena a la Secretaría General de acuerdos de la Sala Superior que una vez  realizadas las diligencias pertinentes remita las constancias originales a la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia de Morena.

Cabe recordar que Ortiz Domínguez recurrió al Tepjf para impugnar la precandidatura de Américo Villarreal Anaya, quien fue designado por  el Comité Nacional de Elecciones de Morena para contender por la gubernatura de Tamaulipas, luego de resultar el mejor posicionado en las encuestas realizadas de acuerdo a la convocatoria emitida.

Al promover un juicio para la protección de derechos político electorales, Ortiz Domínguez presentó la demanda ante la Sala Superior a fin de que el Comité Ejecutivo Nacional de Morena, la Comisión Nacional de Elecciones y la Comisión Nacional de Encuestas de ese partido político expliquen si hubo o no convocatoria al proceso interno de selección del candidato a gobernador de Tamaulipas.

Cabe señalar que la resolución en donde se desechó el Juicio para la Protección de los Derechos Político Electorales del Ciudadano promovido por Ortiz Domínguez fue notificado por estrados este 29 de diciembre a las autoridades responsables; Comité Ejecutivo Nacional Comisión Nacional de Elecciones de Morena y otros.

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