Rogelio Rodríguez Mendoza
La Diputación Permanente aprobará, este viernes, la Ley de Amnistía para Tamaulipas, que abrirá la puerta de la prisión a quienes hayan cometido delitos como el aborto, robo simple sin violencia, y contra la salud en materia de narcomenudeo, entre otros.
El dictamen respectivo está incluido en la agenda que desahogara el órgano legislativo en la sesión que celebrará este viernes.
La Ley de Amnistía, que será aprobada por la Diputación Permanente y que todavía requerirá del respaldo del Pleno Legislativo, es una réplica de la que fue aprobada en el ámbito federal en diciembre del 2020.
El nuevo ordenamiento legal otorgaría el perdón a delitos como el aborto, contra la salud en relación con el narcomenudeo, y robos simples sin violencia, que hayan sido cometidos por personas pobres, de extrema vulnerabilidad, discapacitados e indígenas, que no hayan llevado un proceso apegado a derecho.
“Es objeto de esta iniciativa, instituir el olvido legal y la extinción de la responsabilidad penal de los autores de algunos delitos, pero solo cuando, ya sea que estén sentenciados, sean procesados o estén por procesar, se adviertan circunstancias justificadas por las que dichas personas merezcan un trato o protección especial de acuerdo a su condición social de desventaja…”, detalla en la exposición de motivos la iniciativa impulsada por la bancada de Morena.
Otros requisitos para ser susceptibles de beneficiarse con la ley, es que, en razón de las carencias del sistema de justicia o el de reinserción social, así como una forma de paliar el hacinamiento en los centros de ejecución de sanciones, resulte más aconsejable, desde la perspectiva del juez o el tribunal competente, a solicitud de la institución o persona interesada o legitimada, acordar el beneficio de la amnistía.
Los legisladores argumentaron que la Ley de Amnistía se hace necesaria porque los reclusorios del estado están saturados, lo cual deja más vulnerables a los internos en condición de pobreza.
Igual que a nivel federal, el procedimiento de solicitud de amnistía pueda ser iniciado ante el juez competente por la persona interesada o su defensa, por organismos defensores de derechos humanos legalmente reconocidos en el caso de que emitan recomendaciones por estimar que ha habido violaciones a los derechos o al debido proceso de estas personas, o por personas que tengan relación de parentesco hasta el cuarto grado con el interesado.
Aunado a ello, se faculta al Consejo de la Judicatura del Estado para emitir acuerdos generales para normar el procedimiento, sin dejar de considerar los plazos y previsiones que al respecto dispone la Ley de Amnistía.