junio 16, 2024
Publicidad
enero 11, 2022 | 132 vistas

Shalma Castillo.-

Cd. Victoria, Tam.-
Ante la falta de comprobación de operaciones contables-presupuestarias en el arrendamiento de edificios por parte Instituto Tamaulipeco de Becas, Estímulos y Créditos Educativos (Itabec), la ASE inició procedimiento de audiencia para exigir aclaración de cuentas.

Con base al informe que entregó la Auditoría Superior del Estado (ASE) en octubre pasado al Congreso de Tamaulipas, correspondiente al ejercicio 2020, señala que el Instituto fiscalizado no respaldó con la documentación comprobatoria y justificativa que soportara los gastos del capítulo 3000 referente a servicios generales.

Establece que la cuenta contable 5132-3221 “arrendamiento de edificios” por un importe de 522 mil pesos, la entidad no acredita la autorización del Comité de Compras y Operaciones Patrimoniales de la Secretaría de Administración del Gobierno del Estado del procedimiento de contratación (adjudicación directa) del servicio contratado.

En la cuenta contable 5133-3381 “servicios de vigilancia” por un importe de 157 mil 852 pesos, Itabec no refleja en su sistema contable el registro de etapa del presupuesto relativo al gasto devengado en la fecha de recepción del servicio, de conformidad con el período pactado para la prestación del servicio.

En este caso, la ASE concluyó que la información recibida y analizada no fueron suficientes, por lo que inició la promoción de acciones correspondientes contra el ente fiscalizado.

“Esta Auditoría valoró las justificaciones, aclaraciones y demás información proporcionada por la entidad sujeta de fiscalización en reunión de trabajo celebrada el siete de octubre de 2021, y mediante el oficio número ITB/DG/242/2021, se determinó que dicha información es suficiente para atender las observaciones preliminares correspondientes”.

La ASE precisó en dicho informe que la evidencia documental examinada no cumple con el resultado de procedimiento 5 Destino de los Recursos, por lo que se promoverán las acciones correspondientes en términos de la legislación aplicable.

Comentarios