A pesar de que muchos consideran que el 24 de febrero, Día de la Bandera de México, debería ser un día feriado, no se suspenderán labores.
El Día de la Bandera no está dentro de los descansos obligatorios en el artículo número 74 de la Ley Federal del Trabajo.
Sin embargo, los menores si tendrán puente ya que en el calendario de la SEP se indica que no habrá clases el 25 de febrero de 2022.
Los días de descanso obligatorios en lo que resta del año, que están marcados en el artículo 74 de la LFT, son los siguientes:
El tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo.
El primero de mayo, por el día del trabajo.
El 16 de septiembre, en conmemoración de la Independencia de México.
El tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre, por la Revolución Mexicana.
El primero de diciembre de cada seis años, cuando corresponda a la transmisión del Poder Ejecutivo Federal.
El 25 de diciembre.
Y cualquier día que determinen las leyes federales y locales electorales, en el caso de elecciones ordinarias, para efectuar la jornada electoral.
Con información de: www.radioformula.com.mx