Rogelio Rodríguez Mendoza.-
Cd. Victoria, Tam.-
El Colegio de Abogados de Victoria respaldó la iniciativa de decreto que busca crear en Tamaulipas el tipo penal de periodicidio, que sería castigado con penas de 40 a 50 años de prisión.
El vicepresidente del organismo que aglutina a los profesionales del Derecho, Emilio Barrientos Martínez, consideró que la medida es necesaria luego del incremento de la violencia contra los periodistas.
De acuerdo con la iniciativa que impulsa la bancada del PAN, cometerá el delito de periodicidio quien prive de la vida a una persona que ejerza la actividad del periodismo.
Barrientos consideró, sin embargo, que la protección hacia los periodistas debe incluir otros ámbitos, como el garantizarles el derecho a la seguridad social, a becas, seguro de vida, vivienda y otros beneficios.
Dijo que debe haber una reforma amplia para incluso llevar a la Constitución la protección a los periodistas.
“Debemos pensar en colocar en la Constitución el derecho a la comunicación para los ciudadanos, en cuya tarea es obligada la participación de los periodistas. Eso nada tiene que ver con el derecho a la libertad de expresión”, detalló.
Refirió que otros países han legislado en la materia, lo que ha dado mayor certeza jurídica y protección al trabajo de quienes se dedican a informar.
La iniciativa panista deberá ser sometida al análisis y dictamen en comisiones.
Consiste en adicionar al Código Penal el título vigésimo cuarto, denominado Delitos contra la Libertad de Expresión y el Derecho a la Información del Código Penal.
Las reformas propuestas al ordenamiento punitivo también buscan proteger a las familias de los periodistas, al prever hipótesis legales que serán sancionadas con penas de hasta tres años de cárcel.
Por ejemplo, el artículo 477 preverá penas de seis meses a tres años de cárcel, a quien por sí o por interpósito persona, utilizando la violencia física o moral, intimide a cualquier persona para evitar que ésta o un tercero ejerza el periodismo.
A su vez, el numeral 478 establecerá la misma pena de prisión a quien obligue a un periodista a revelar el secreto profesional periodístico o la reserva de la fuente de información.
El artículo 479 propuesto plantea que cuando se cometa un delito doloso en contra del cónyuge de un periodista o de sus parientes sin limitación de grado en línea recta o colateral hasta el cuarto grado, con la intención de obstaculizar, afectar, limitar o menoscabar el derecho a la información o las libertades de expresión o de imprenta, se aumentará hasta en un tercio la pena establecida por tal delito.