diciembre 14, 2024
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noviembre 16, 2022 | 197 vistas

Rogelio Rodríguez Mendoza.-

Cd. Victoria, Tam.-
Por unanimidad de votos, las comisiones de justicia y de salud aprobaron una iniciativa de reforma al Código Penal y la Ley de Salud del Estado, para descriminalizar los actos médicos y que cualquier conflicto de estos con los pacientes sea solamente perseguible por la vía civil o administrativa.

Eso significa que cualquier hecho que sea considerado como negligencia médica no podrá ser denunciado en la vía penal.

Con la resolución aprobada este martes, solamente falta que el dictamen respectivo sea llevado ante el Pleno Legislativo para ser debatido y votado.

La diputada panista, Lidia Martínez López, explicó que para dictaminar la acción legislativa se consultó previamente al Poder Judicial del Estado y a la Fiscalía General de Justicia, para tener una opinión técnica.

Detalló que al no criminalizar los actos médicos se busca dotar a los profesionales de la salud de seguridad jurídica en el desempeño de sus funciones.

“No se debe criminalizar la actividad de los médicos cuando realicen todo lo necesario para salvaguardar la integridad física de los pacientes”, mencionó.

Por su parte, la diputada de Morena, Casandra Priscila de los Santos Flores, explicó que a la iniciativa original solamente se le hizo una adición al artículo 25 de la Ley de Salud, para que señale que: “se exime de responsabilidad a los médicos cuando los establecimientos no cuenten con condiciones de equipamiento e instrumental indispensable”.

Además, por recomendaciones del personal técnico del sistema de justicia, se hizo una adición al artículo 236 del Código Penal, para establecer que se castigará con pena de tres meses a dos años de prisión, y multa de cien veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), a directores, encargados y administradores de centros médicos cuando se niegue el ingreso, atención y estabilización de cualquier persona en caso de urgencia.

De los Santos detalló que la Ley de Salud ya prevé esa hipótesis, pero es necesario trasladarla también al código punitivo.

En la exposición de motivos de la iniciativa aprobada se señala que: “Con la presente acción legislativa, seremos referencia a nivel nacional y, sobre todo, precursores en llevar a cabo la despenalización del acto médico, produciendo con ello, efectos significativos para que todos estos actos se instruyan en el ámbito civil o administrativo, quitando la posibilidad de dirimir en un recinto penal las controversias”, presumió.

“Es decir, todo conflicto derivado del acto médico dejaría de calificarse como ‘delito’ y se tendría que disipar en otras instancias como la vía civil, donde solo se discutiría la reparación del daño económico y el cumplimiento de las obligaciones que se deriven de ello”, abunda.

La impulsora de la iniciativa, De los Santos Flores, pretextó que el médico no puede desear, ni realizar conductas encaminadas a lesionar al paciente, por lo cual no puede ser motivo de infracción ni sanción, el actuar de los profesionales, técnicos y auxiliares para la salud, siempre y cuando se demuestre que realizaron todo lo necesario e idóneo para salvaguardar la integridad física o la vida del paciente.

De esa manera, solamente podrá materializarse la negligencia cuando los médicos traten a pacientes que no sean propios de su especialidad, y cuando presten su servicio bajo la influencia de alguna sustancia adictiva, como enervantes, bebidas alcohólicas y otras drogas delictivas y de abuso.

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