abril 25, 2024
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noviembre 25, 2022 | 292 vistas

Shalma Castillo.-

Cd. Victoria, Tam.-
Lejos de desalentar a las personas a cometer delitos de defraudación fiscal, contrabando y uso de “factureras”, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) decidió mantener la Prisión Preventiva Oficiosa (PPO) a excepción de los delitos mencionados.

Al considerar que no son amenazas a la seguridad nacional conforme a la ley aplicable en la materia, los delitos fiscales que son: defraudación fiscal, facturación falsa y contrabando, que fueron agregados en el 2019 al catálogo de aquellos que merecen prisión preventiva oficiosa, fueron invalidados por la Corte.

El uso de “factureras” ha sido un patrón que ha permanecido y operado durante años para hacer “negocios” y actos de corrupción en gobiernos federales, estatales y municipales; esto quiere decir, el uso de empresas que emiten facturas, pero no otorgan un servicio, comparten direcciones fiscales, representantes legales y que están ubicadas en domicilios que no ampara su juicio.

Por mayoría de ocho votos contra tres, en la sesión de este jueves la SCJN avaló la propuesta del ministro Luis María Aguilar Morales para invalidar fragmentos del Código Nacional de Procedimientos Penales (CNPP) que establecían que algunos delitos fiscales ameritaran la prisión preventiva oficiosa.

En este caso, la figura de la prisión preventiva oficiosa se quedará como lo establece el artículo 19 de la Constitución, luego de que el proyecto planteaba que fuera aplicada de acuerdo a cada caso y no de forma automática, no alcanzó los votos suficientes en el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, a excepción de los delitos fiscales.

Este medio de comunicación ha documentado desde el 2019 el uso de presuntas empresas factureras en el Gobierno municipal que encabezó Xicoténcatl González Uresti y en el anterior sexenio de Francisco García Cabeza de Vaca, principalmente en la Secretaría de Salud y Obras Públicas.

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