Rogelio Rodríguez Mendoza / El Diario Mx
Cd. Victoria, Tam.- La designación del Contralor Municipal en los Ayuntamientos en Tamaulipas, debe darse a través de una convocatoria pública abierta, propuso el diputado Edmundo José Marón Manzur.
Al presentar una iniciativa de decreto, el legislador por Tampico planteó que en la elaboración de la convocatoria, pueden participar las organizaciones de la sociedad civil y el Comité Coordinador del Sistema Local Anticorrupción.
Dijo que al elegir así a los Contralores Municipales, se avanzará en la construcción de un Órgano Interno de Control eficaz, independiente, transparente, autónomo, objetivo e imparcial.
Los órganos de control se encargan de vigilar el ejercicio del gasto público y su congruencia con el presupuesto de egresos del Municipio; vigilar el correcto uso del patrimonio municipal; vigilar el cumplimiento de las normas de control y fiscalización de las dependencias municipales; substanciar y en algunos casos sancionar, las responsabilidades administrativas de los servidores públicos.
Actualmente, cada Presidente Municipal propone una terna al Cabildo para poder designar al Contralor Municipal al inicio de la administración.
Marón Manzur dijo que, este procedimiento no deja claro a la sociedad, si el Contralor designado va ejercer una autonomía independiente para la toma de decisiones, por ser una persona afín al Alcalde.
Dentro de la iniciativa de decreto, el panista propone hacer modificaciones al Código Municipal para el Estado de Tamaulipas.
El planteamiento es que dentro del artículo 49 se adicione la fracción X para establecer que:
“En cuanto al Contralor Municipal, el ayuntamiento deberá expedir una convocatoria pública en la que deberán participar organismos, las cámaras y órganos empresariales, el sector académico, los colegios de contadores y auditores y la sociedad civil en general, a fin de que propongan a ciudadanas y ciudadanos para que desempeñen dicho cargo. Las propuestas, una vez recibidas, deberán ser turnadas por el Presidente Municipal al pleno que integran los miembros del ayuntamiento, para que se delibere y elija al perfil idóneo para el cargo”.
“En el proceso descrito en el párrafo que antecede, el ayuntamiento deberá tomar en consideración, aquellos lineamientos o recomendaciones que emita el Comité Coordinador del Sistema Estatal Anticorrupción o el del Sistema Nacional Anticorrupción”.