diciembre 15, 2024
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febrero 7, 2023 | 125 vistas

Rogelio Rodríguez Mendoza.-

Cd. Victoria, Tam.-
Los recursos del Fondo de Capitalidad deberán invertirse en once rubros específicos, entre los que destacan infraestructura vial primaria, servicios públicos y transporte público.

Así lo establecen las reglas de operación del Fondo de Capitalidad publicadas el pasado jueves en el Periódico Oficial del Estado por la Secretaría de Finanzas.

El artículo seis del reglamento señala específicamente que los recursos deberán aplicarse exclusivamente en cualquiera de los siguientes rubros:

A) Inversión en infraestructura vial primaria, incluyendo su construcción, modernización, reconstrucción, ampliación, remodelación, mantenimiento, conservación, equipamiento y el servicio de alumbrado público que su operación requiera.

B) Inversión en infraestructura y su equipamiento para mejorar la movilidad y vialidad urbana e inclusiva; infraestructura hídrica, drenaje, alcantarillado y saneamiento de la zona urbana.

C) Semaforización y señalización de las vías urbanas, señales de tráfico, señalética inclusiva para personas con discapacidad.

D) Inversión en infraestructura cultural, incluyendo su estudio, construcción, modernización, reconstrucción, ampliación, remodelación, mantenimiento, conservación y equipamiento.

E) Inversión en infraestructura turística, incluyendo su estudio, construcción, modernización, reconstrucción, ampliación, remodelación, mantenimiento, conservación y equipamiento.

F) Inversión de transporte público, incluyendo su estudio, adquisición y renovación del equipo que la implemente y/o complemente, considerando el mantenimiento preventivo y correctivo que para su operación requiera.

G) Inversión en infraestructura en materia ambiental y de limpieza pública, tal como, mantenimiento de suelos de conservación, infraestructura hidráulica, y para el manejo integral de residuos sólidos y de manejo especial (recolección, traslado y disposición final), incluyendo la adquisición del equipo correspondiente.

H) Inversión e infraestructura para módulos de atención ciudadana.

I) Inversión en infraestructura y equipamiento de puntos de recaudación de impuestos locales, así para el desarrollo, implementación, equipamiento, modernización y operación de estrategias que incrementen la recaudación del Municipio de Victoria.

J) Inversión en infraestructura y equipamiento de servicios de salud, incluyendo su estudio, construcción, modernización, reconstrucción, ampliación, remodelación, mantenimiento, conservación, adquisición y renovación del equipo que la implemente y/o complemente, considerando el mantenimiento del equipamiento para su correcto funcionamiento.

K) Demás estudios, planes, evaluaciones, programas, proyectos, acciones, servicios públicos, obras de infraestructura y su equipamiento, que apruebe el Comité.

El Comité Técnico encargado de la vigilancia de los recursos del Fondo de Capitalidad deberá rendir un informe trimestral del ejercicio, destino y resultados obtenidos de los recursos transferidos a más tardar en los 20 días hábiles posteriores a la terminación.

La Secretaría de Finanzas deberá publicar, en su página de Internet y en otros medios accesibles al ciudadano, la información relativa a la descripción de las obras, montos, metas, proveedores, y avances físicos y financieros, así como las demás obligaciones que derivan del cumplimiento de la legislación en materia de transparencia y acceso a la información pública.

En las obras que se realicen con cargo a los recursos del Fideicomiso se deberá incluir la leyenda siguiente: “Esta obra fue realizada con recursos públicos estatales”.

Aunque no se precisó a cuánto ascenderán los recursos presupuestales de que dispondrá el Fondo de Capitalidad, se ha estimado un monto de 370 millones de pesos.

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