diciembre 14, 2024
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Declara Suprema Corte inconstitucional la transferencia de la GN a la Sedena

abril 18, 2023 | 216 vistas

El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional el traslado operativo y administrativo de la Guardia Nacional a la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena).

La acción de inconstitucionalidad fue promovida por senadores de la oposición.

En favor del proyecto votaron:

Ricardo Ortiz Mena, Juan Luis González Alcántara Carrancá, Luis María Aguilar, Jorge Mario Pardo Rebolledo, Margarita Ríos Farjat, Javier Laynez Potisek, Alberto Pérez Dayán y Norma Lucía Piña Hernández.

En contra del proyecto votaron: Yasmín Esquivel, Loretta Ortiz Ahlf y Arturo Zaldívar

Al inicio de la discusión, la ministra Loretta Ortiz defendió el pase de mando de la Guardia Nacional a la Sedena, al señalar que no vulnera el artículo 21 de la Constitución, tal y como se había denunciado.

No comparto la conclusión de que el traspaso del control operativo y administrativo a la Sedena conlleve a que la llamada regla de adscripción referida a la Guardia Nacional esté adscrita a la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana y haya quedado vaciada de contenido y ello implique que no esté subordinada al mando civil”, dijo.

En contraparte, el ministro Luis María Aguilar consideró que el decreto sobre la transferencia de la Guardia Nacional a la Sedena desnaturaliza su carácter civil.

Detalló que el artículo 14 establece que el comandante de la corporación debe ser designado por el Ejecutivo federal, a propuesta del secretario de la Defensa Nacional.

Para mí, el motivo de que dicho decreto resulta contrario al artículo 21 constitucional radica en que mediante ese documento normativo se establece un sistema con un objetivo claro y específico, consistente en trasladar el control operativo y administrativo a la Sedena para que sea esta la que ejerza el mando sobre la Guardia Nacional, con lo cual desde mi punto de vista se desvirtúa la naturaleza civil de esta entidad”, expuso.

 

Con información de: lopezdoriga.com

 

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