Rogelio Rodríguez Mendoza / El Diario Mx
Cd. Victoria, Tam.- Los diputados independientes y diputados o diputadas que se declaren sin partido, deben tener los mismos derechos y facultades en los órganos del Congreso del Estado y durante las sesiones y comparecencias que se tengan en este poder.
Así lo planteó, Armando Zertuche Zuani, diputado de Morena, al proponer incluir la figura de “Diputado Independiente” en la ley interna del Congreso del Estado.
“Las candidaturas independientes retomaron un impulso en 2012, donde se les dio cabida, sin embargo, aunque existe la figura en Tamaulipas, en nuestra Constitución local y Ley en la materia, estos no están plenamente reconocidos en la Ley que nos rige internamente y por ende no se les da el mismo trato”, advirtió.
Y añadió: “Por otro lado, cuando un diputado local electo decide dejar de pertenecer a su grupo o fracción Parlamentaria o Representación partidista, en la Ley de Organización y Funcionamiento Internos de este Congreso local, se les reconoce como Diputado o Diputada Sin Partido”.
“Sin embargo, considero que no podemos omitir que, declararse diputado/diputada sin partido, conlleva muchos cambios, pues las y los legisladores no solo pierden los derechos que tienen por pertenecer a un partido político, sino también, se les limitan sus derechos, y en el caso de los independientes sería de igual manera” dijo.
El diputado Morena, señala como ejemplo el tema de las comparecencias, donde intervienen los legisladores que están dentro de un grupo parlamentario pero los diputados sin partido, sus participaciones son limitadas.
Como consecuencia, Zertuche, propone hacer una serie de reformas a la Ley sobre la organización y funcionamiento internos del Congreso del Estado para establecer en el artículo 26 que: El diputado que sea único en cuanto a la representación de algún partido político por si solo constituirá una representación partidista o bien quien ostente el cargo por la vía independiente, al igual que los grupos parlamentarios y las fracciones parlamentarias forman parte de la Junta de Coordinación Política, teniendo derecho a voz y voto.
Mientras que en el artículo 27 se establecerá que: En términos de la representación de cada grupo parlamentario, fracción parlamentaria, representación partidista, sin partido e independiente, la Junta de Coordinación Política acordará la asignación de recursos y locales adecuados a cada uno de ellos.
Adicionalmente a esas asignaciones, la Junta dispondrá de una subvención mensual para cada forma de organización partidista, integrada por una suma fija de carácter general y otra variable, en función del número de diputados.
Pero, además, propone un candado al añadir en un párrafo: “Las subvenciones que se asignen a los grupos parlamentarios, fracciones parlamentarias, representaciones partidistas, sin partido e independientes se incorporarán a la cuenta pública del Congreso”.