Por Rogelio Rodríguez Mendoza.-
Cd. Victoria, Tam.- Las Oficinas del Registro Civil serán las encargadas de expedir constancias de concubinato, con un costo de dos veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sumarían 207.48 pesos.
Así lo establece una iniciativa de decreto aprobada por el Pleno del Congreso del Estado, en la sesión extraordinaria del pasado miércoles.
Para ello fueron reformados el Código Civil, la Ley Reglamentaria de las Oficialías del Registro Civil y la Ley de Hacienda del Estado.
Además de la expedición de las constancias de concubinato, las Oficinas del Registro Civil quedaron facultadas para incorporar como requisito del matrimonio, la presentación de un certificado de no deudor alimentario, el cual avalará que la pareja no forma parte del Registro Estatal de Deudores Alimentarios Morosos (Redam).
En lo general, el objeto de fondo de las reformas “es determinar con mayor precisión y claridad disposiciones relativas al concubinato, particularmente sobre su definición, alcances y derechos derivados del mismo, así como reforzar cuestiones relacionadas con la solicitud de matrimonio, en aras de maximizar la protección y seguridad de tales figuras”.
El costo de las constancias de concubinato quedó establecido en el artículo 62 de la Ley de Hacienda del Estado, donde se señala que el solicitante deberá pagar por el documento será de dos veces el valor diario de la UMA. En el 2023 el valor diario de la UAM es de 103. 74 pesos.
Por la cancelación del concubinato, el cobro será de una vez el valor diario de la UMA.
El Código Civil, en su artículo 267 Bis, define al concubinato como “la relación de hecho que se genera entre dos personas que, sin tener ningún vínculo matrimonial y siendo mayores de edad, han tenido descendencia o han emprendido un proyecto de vida en común fundado en la afectividad, el consentimiento y la solidaridad libremente aceptada con la finalidad de convivir de forma estable”.