Alfredo Guevara.-
Cd. Victoria, Tam.-
La cultura de la población para elaborar de manera anticipada un testamento, dejar una certeza jurídica y no heredar problemas a sus hijos o familiares es prácticamente nula, admitió Armando de la Cruz Alcántar, director del Instituto Registral y Catastral.
Por ello, durante septiembre, considerado como el “Mes del Testamento”, los más de 300 notarios públicos en el estado y el Instituto descontarán el 50 por ciento del valor para elaborar ese documento, es decir, cobrando únicamente tres mil pesos.
De manera paralela, el Instituto Registral y Catastral ofrecerá el registro del testamento ológrafo, que en este caso lo puede elaborar por puño y letra una persona mayor, con un costo de 620 pesos, al presentarse con dos testigos, cada uno de ellos con su credencial de elector vigente.
“Este tipo de testamento está vigente todos los 365 días del año, es el más económico que tenemos en todo el Estado y tiene los mismos efectos jurídicos que se otorgan ante notario, acude con dos testigos, redacta el documento de su puño y letra, donde plasma de su libre voluntad cómo quiere que se disponga de sus bienes”, explicó.
El testamento ológrafo es un documento que se puede elaborar en las oficinas de representación que tiene el Instituto en los municipios de Tampico, Ciudad Victoria, Mante, Matamoros, Reynosa y Nuevo Laredo, donde se deposita en un sobre, otro se lo lleva el testador para que al momento de su fallecimiento se lleve ante el juez.
Añadió que el juez solicita al Instituto un informe sobre si hay un testamento otorgado, se le remite al magistrado que constata que es el mismo documento que obra en el sobre que se le entregó y lo declara válido y subsistente.
El testador lo puede revocar, dado que el documento no es definitivo o lo puede retirar en un momento dado y otorgar otro ante notario, dado que a él es a quien se le regresa u otra persona que tenga un poder notarial para ese efecto.
Tanto en testamento ordinario como en el ológrafo, lo que buscan es brindar certeza jurídica para que al momento de que el testador fallezca deje escrito con anticipación cómo quiere que se dispongan sus bienes.