diciembre 12, 2024
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octubre 3, 2023 | 175 vistas

Rogelio Rodríguez Mendoza.-

Cd. Victoria, Tam.-
El Congreso del Estado aprobó diversas reformas al Código Penal, entre ellas una que duplica la pena de prisión para el delito de hostigamiento sexual y modifica la redacción del tipo penal para evitar impunidad del agresor.

De esa manera, el artículo 276 quater prevé ahora una pena mínima de un año de cárcel y una máxima de cuatro años al responsable del delito de hostigamiento sexual, el doble de lo que establecía.

Si el responsable es un servidor público, será inhabilitado hasta por cuatro años para desempeñar empleo, cargo o comisión públicos.

La iniciativa, avalada por unanimidad de votos por el Pleno legislativo durante la sesión ordinaria celebrada este lunes, incluye la modificación a la redacción del tipo penal, para quedar de la siguiente manera: “Comete el delito de hostigamiento sexual quien directamente o a través de interpósita persona, valiéndose de una posición jerárquica derivada de la relación laboral, docente, doméstica o cualquiera otra que genere, se asuma o implique subordinación, asedie a otra persona, ofreciendo una supuesta ayuda, ventaja o aprovechamiento de diversa naturaleza, ya sea en numerario o en especie, o privilegios laborales indebidos o de evaluación en la docencia, ya sean para sí, para otros o para la familia de la víctima, o bajo amenaza que de no acceder será destituido, degradado, removido o perjudicado en su situación laboral, o simplemente emitiéndole propuestas ajenas a las tareas laborales o educativas, o utilice lenguaje lascivo con este fin o le solicite ejecutar cualquier acto de naturaleza sexual”.

Los diputados consideraron importante modificar el tipo penal para evitar que el agresor actúe a través de otra persona para persuadir en su nombre a la eventual víctima, toda vez que se trata de una practica recurrente.

Además, se elimina la disposición en la que se planteaba que el delito “será punible cuando se ocasione un daño o perjuicio laboral, docente, doméstica o de cualquier naturaleza que se derive de la subordinación de la persona agredida”.

“Es irrisorio que se condicione la comisión del delito a dichos efectos, mismos que son favorables al activo y una burla y agravio directo e indebido para la víctima” argumentó el diputado Jesús Suárez, promovente de las reformas.

Como parte de la misma iniciativa se hicieron adecuaciones al Código Penal para ajustar algunas expresiones al desarrollo de la sociedad.

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