Shalma Castillo.-
Cd. Victoria, Tam.-
La partida presupuestal proyectada para “Otros incentivos económicos”, que corresponde al Ramo 28, salvaría de un mega recorte al Presupuesto de Egresos de la Federación (PEF) 2024 para Tamaulipas, éste abarca más del 17 por ciento del recurso total, adicional al que puede aprobarse por un monto menor; dicho concepto depende de diversos factores que pueden alterar la cantidad ejercida en el año, como ya fue el caso en este 2023.
El Ramo 28 Participaciones Federales tiene proyectado 38,039.9 millones de pesos para el siguiente año; de éste el 32 por ciento, que equivale a 12.175.3 millones de pesos, pertenece al concepto de Otros incentivos económicos.
En el 2023 este rubro recibió solamente mil 065,2 millones de pesos, el incremento para el siguiente sería de once mil 110.2 millones de pesos. Sin embargo, como en años anteriores a este concepto se le proyecta una elevada cantidad y al momento de ser votado para aprobar el Proyecto, la reducción a éste es dimensional.
Para el PEF 2023 Otros incentivos económicos tenía planteado recibir 12 mil 191.7 millones de pesos, sin embargo, los diputados federales solamente aprobaron mil 065.2 millones de pesos. Lo mismo pasó en el PEF 2022, en ese caso se proyectó nueve mil 847.6 millones de pesos y finalmente se aprobó para ese año 669.6 millones de pesos.
Si en la votación del Proyecto del Presupuesto de Egresos de la Federación (PEF) para convertirse en PEF, esos 12 mil 175.3 millones de pesos que se contemplan para el 2024 no son aprobados y el recurso no se distribuye en otros conceptos, Tamaulipas sufriría un importante recorte presupuestal.
Cabe señalar que Otros incentivos económicos es lo que las entidades envían a la Federación por el Impuesto sobre Automóviles Nuevos “carros chocolate”, además de otros estímulos relacionados con la fiscalización de diversos impuestos, entre otros. Adicionalmente al incentivo que ya perciben las entidades federativas derivado del artículo 127 de la Ley del Impuesto sobre la Renta (ISR); a partir de 2020 también se les otorga el derivado de la enajenación de bienes inmuebles establecido en el artículo 126 de la Ley del ISR.