diciembre 14, 2024
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Negó Luis Lauro pensión a abuelito

noviembre 17, 2023 | 519 vistas

Staff ED.-

En contraste con el eslogan del Gobierno de México de “primero los pobres”, el delegado de Programas para el Bienestar en Tamaulipas, Luis Lauro Reyes Rodríguez, retuvo por más de un año la pensión a un adulto mayor en Reynosa.

Sin motivo aparente, el Delegado de Bienestar en el estado impidió el pago de la pensión bimestral del adulto mayor Juan Fidel Aparicio Castán, quien acudió a la justifica federal para ampararse y que la dependencia le entregara el apoyo establecido en la Constitución.

El juicio de amparo 2853/2022 promovido en el Juzgado Octavo de Distrito en Reynosa establece que la Delegación de Bienestar en Tamaulipas le retuvo su pago, por lo que se citó a Luis Lauro a emitir oficios explicando lo sucedido.

En octubre de este año, el juez concedió el amparo a Juan Fidel Aparicio Castán y ordenó a Luis Lauro la liberación del apoyo económico: “Para que de inmediato paguen al quejoso los doce bimestrales faltantes correspondientes a la pensión para el bienestar de las personas adultas mayores”, se lee en la sentencia.

El recurso de amparo se promovió ante al Consejo de la Judicatura el ocho de noviembre del 2022, siete meses después que Luis Lauro llegó como delegado de Programas Federales a Tamaulipas.

Durante los 13 meses del juicio, el juez solicitó en reiteradas ocasiones fotocopias de expedientes y documentos que se encontraban en manos de la Delegación, que no entregaron, o se remitieron en pésimas condiciones.

Esa dilación por parte de Programas Federales de Tamaulipas atrasó la resolución por más de un mes, al no entregar los expedientes legibles para el Juez, obligándole a solicitar que remitiera los documentos legibles en más de tres ocasiones.

A pesar de haberse emitido el amparo para el adulto mayor hace más de un mes, Luis Lauro no ha informado al Juzgado si le fueron entregados los apoyos rezagados.

“Solicita a este órgano de control constitucional se declare ejecutoriada la sentencia de amparo de diez de octubre de dos mil veintitrés. Toda vez que de la comunicación oficial que se recibe se advierte que no pudieron ser entregados los oficios 26907/2023 y 26908/2023 dirigidos a las autoridades responsables (…) a fin de obtener constancia fehaciente de que las mencionadas autoridades sean notificadas del contenido de los citados oficios”.

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