Alfredo Guevara.-
Cd. Victoria, Tam.-
La Consejería Jurídica tendrá que llamar a los involucrados que recibieron o hicieron algún pago al Gobierno del Estado para que defiendan sus derechos y en función de lo que acrediten, hacer los procedimientos administrativos de manera particular.
Lo anterior, luego de que un juez federal ordenara dejar insubsistente el decreto de expropiación de 40 hectáreas en un predio del poblado La Pesca en el 2022, en el municipio de Soto la Marina por irregularidades en el proceso de integración del expediente que se pudieron evidenciar, estableció Tania Gisela Contreras López, titular de la dependencia.
Del análisis jurídico realizado, dijo que no hubo procedimiento de licitación como tal en La Pesca, sino un esquema de comercialización, en que el Estado vendía enfocado al círculo empresarial que acudía a solicitar la venta de un inmueble, se adquiría y el Gobierno escrituraba.
El proceso, incluso, llegó a generar la escritura del Estado a favor de las personas que adquirieron, procesos que deberán anularse en función del que dio origen a la expropiación, es el que se deja insubsistente por parte del Juez.
“El Estado, en la administración pasada, generó prácticamente una comercialización del predio, sostenidos en un procedimiento irregular que carece de las fases y etapas propias de una expropiación, al margen de que ese inmueble tiene características especiales, porque hubo una oposición férrea de aquellos que detentaban la posesión”, explicó.
Durante la expropiación, se consideró a un propietario que aparecía en el registro público como dueño del predio en el poblado la Pesca, en el que, haciendo una especie de comercialización del inmueble, el que se segmentó y realizó la venta, cuyo recurso ingresó al Estado en el 2022.
Sin embargo, una persona acudió a presentar un juicio de amparo con título de propiedad previo al que se presentó primero al número de indemnización y el juez consideró que el Estado no valoró en su momento esa escritura, derecho que está haciendo valer, y al no haber sido llamado al momento de expropiación ni considerado en la indemnización, el juez ordena se deje insubsistente.
Contreras López consideró que el Estado tendrá que acatar la resolución del juicio de amparo, escuchar planteamientos de las personas que dicen tener un derecho previo, y considerarlas para tomar en consideración si en este momento es o no procedente o es viable continuar con ese proyecto.