mayo 13, 2024
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El ‘impedimento de contacto’ se sancionaría como delito

diciembre 13, 2023 | 127 vistas

Rogelio Rodríguez Mendoza.-

Cd. Victoria, Tam.-
Diputadas locales presentaron una iniciativa de decreto para incluir en el Código Penal el delito de “impedimento de contacto”, definido como aquel que comete el padre, la madre o algún tercero, que de forma ilegal y a través de acciones u omisiones, obstruya o impida el contacto de algún menor de edad con su padre o madre no conviviente.

La legisladora Linda Mireya González Zúñiga propone, para ese propósito, adicionar al ordenamiento punitivo del estado el artículo 302 Bis, donde estará tipificada dicha conducta, que será sancionada con una pena de cuatro a ocho años de prisión.

Para justificar su propuesta, dijo que la reforma propuesta busca “generar condiciones para que a las niñas, niños y adolescentes se les refuercen sus derechos a vivir en familia con lazos afectivos, a la convivencia con sus padres, a la salud emocional, derechos que resultan esenciales para su desarrollo integral”.

“Es así porque el hecho de generar un tipo penal específico para que se castiguen las acciones u omisiones de padres, madres o cualquier persona, que tengan como fin el que diverso menor no tenga contacto con alguno de sus progenitores, constituye una afectación grave para el desarrollo del menor”, añadió.

Aunque la existe una afectación considerable para el padre o la madre que se le impide contactarse, el daño principal en este caso es para el menor impedido.

“Esta afectación al menor repercute en toda su formación de manera gravísima, generando consecuencias negativas en su proceso de crecimiento de forma integral”, indicó.

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